Filósofo artefactualista estructural. Investigador en educación matemática y analista político. Su n

jueves, 21 de mayo de 2026

"Tu propia torpeza": el argumento del TSJE para proteger al fraude y castigar a la víctima

Los días 25 y 26 de mayo, el TSJE realizará una "verificación técnica" del hardware y software de las máquinas de votación. Han convocado exclusivamente a representantes del Partido Colorado (ANR).

Lo que harán no es una auditoría independiente. Es un acto político con vestimenta técnica. Carece de los elementos mínimos que definirían un control serio, solo un partido, y funcionarios que pertenecen al sector oficialista, los mismos que controlan el TSJE, estarán presentes. Dos días son insuficientes para revisar código fuente, compiladores, binarios y hardware. Lo que allí ocurra no modificará el diseño del sistema ni abrirá el "sobre 4" para un recuento real. Este simulacro sirve para que el TSJE pueda declarar, después:  "Las máquinas ya fueron verificadas. No hay fraude." La disidencia interna del propio Partido Colorado fue la que denunció la falta de transparencia, y ni siquiera fue invitada directamente, deben acreditarse a través del Tribunal Electoral Partidario de la ANR.

En ese trágico-cómico número con guion de los más malos, lo que no se verificará será si el software compilado que corre en las máquinas es el mismo que el código fuente "auditado". Si el resultado de la máquina coincide con los votos depositados en la urna (porque las papeletas ya no valen legalmente). Si hay manipulación en tiempo real durante la votación. Si el "acta mata la papeleta" encubre un desajuste sistemático entre votos emitidos y votos registrados. Este simulacro no está diseñado para generar confianza. Está diseñado para poder decir que se hizo algo, sin hacer realmente lo único que generaría certeza, es decir, auditoría externa, participativa, sobre software y hardware, con recuento posterior de papeletas físicas (sobre 4) en una muestra estadísticamente significativa de mesas. Mientras el principio "el acta mata la papeleta" siga vigente, ninguna verificación técnica de dos días, hecha a puertas cerradas con un solo partido, merecerá el nombre de auditoría. Es teatro y de los de más mala calidad.

Pero vayamos a algo más básico y de carácter muy fundamental.

La premisa de la verdad electoral es que la veracidad del resultado electoral es la correspondencia exacta entre lo que el elector depositó en la urna (voto emitido) y lo que se registra como resultado oficial. El TSJE se atrinchera en el principio procedimental del que "el acta mata la papeleta", y esto se traduce en que una vez firmada el acta, la papeleta pierde todo valor legal. La verdad oficial ya no es la urna, es el papel firmado por los miembros de mesa. El TSJE ha desplazado el fundamento de la verdad electoral del acto material del voto (la papeleta en la urna) al acto administrativo de su registro (el acta firmada). Es como si un banco dijera que tu saldo real no es el dinero que depositaste, sino lo que el cajero anotó en un papel, y que ese papel no se puede verificar después. La consecuencia inevitable de todo esto es que se hace imposible verificar si el acta coincide con la urna. El sistema declara que la verdad es inverificable por diseño. El agravante viene, si luego se descubre un fraude, la víctima no puede reclamar, porque se le aplica el principio de que "nadie puede alegar su propia torpeza" (Nemo auditur propriam turpitudinem allegans). En este contexto, significa: "Usted, partido político o apoderado, tuvo la oportunidad de observar el escrutinio, impugnar las actas y defender sus votos en el momento exacto en que se contaban. Si no lo hizo, es por su culpa, por su negligencia, por su torpeza. Ahora no puede venir a reclamar. El daño que sufre es responsabilidad suya."

Este principio, que en el derecho civil tiene sentido para evitar abusos procesales (por ejemplo, no puedes reclamar daños por un accidente que tú mismo provocaste), se convierte en un escudo perverso para el fraude electoral cuando se aplica de esta manera.

Imaginemos el escenario en que el movimiento Fuerza Republicana no tiene apoderados en el 80% de las mesas del país en unas internas para elegir candidatos para las generales del 2028. Simplemente no tiene la estructura humana para cubrirlas. En una mesa sin su apoderado, los miembros de mesa (del movimiento oficialista) se adjudican 300 votos, más allá de la impresión del resultado de la urna electrónica. Firman el acta. El fraude está consumado. Días después, el partido afectado descubre, por un análisis estadístico o por un testigo, la anomalía masiva. Va al TSJE a reclamar. El TSJE responde: "Nemo auditur propriam turpitudinem allegans. Usted no puso apoderado en esa mesa. Es su propia torpeza. Reclamo rechazado."

La ley, en este caso, protege al defraudador y castiga a la víctima por no haber tenido los recursos para estar en todas partes.

Aplicarlo en un contexto donde la parte afectada no tuvo la capacidad real de evitar el daño convierte un principio de justicia procesal en un instrumento de impunidad para el fraude. Mientras no se abra el sobre 4, o se admitan recuentos posteriores estadísticamente significativos (como el 5-10% de las mesas seleccionadas al azar), auditorías externas e independientes del software y hardware, no "verificaciones" del propio TSJE, mientras esto no ocurra, la ley está blindada contra cualquier reclamo posterior, y la única protección real contra el fraude es... ninguna. Así que nuestra desconfianza es la única actitud racional ante todo esto.



El hombre fuerte: Anatomía de una quimera política

Llamémoslo el hombre fuerte, aunque el nombre sea impreciso. No es solo fuerza lo que lo define, ni solo poder, ni solo voluntad. Es una constelación de atributos que, reunidos en un solo hombre, producen un fenómeno que el Paraguay ha visto nacer una y otra vez, desde mediados del siglo pasado hasta el día de hoy. No es un invento paraguayo, claro. Maquiavelo lo describió antes de que existiera el Paraguay (Maquiavelo, 1513). Pero aquí, en este rincón del mundo, el hombre fuerte ha encontrado un territorio fértil donde multiplicarse y persistir.

Para entenderlo, hemos debido transitar por tres niveles de análisis que, como capas de una cebolla, van revelando su naturaleza esquiva. El primer nivel es el hamletiano: la pregunta por el ser. ¿Es el expresidente senador vitalicio? ¿Puede dejar de serlo? ¿Puede ser dos cosas a la vez? La duda existencial, la angustia ante la contradicción, el fantasma de la indecisión que paraliza (Shakespeare, 1603). El segundo nivel es el maquiavélico: la pregunta por la acción. ¿Cómo se obtiene y conserva el poder? ¿Qué medios son legítimos cuando el fin es la permanencia? La fuerza bruta de la discreción, la consumación de los hechos, el cálculo cínico de la eficacia (Maquiavelo, 1513). El tercer nivel es el nietzscheano: la pregunta por la voluntad. ¿Qué es la realidad última que subyace a las normas y a los hechos? La voluntad de poder, la interpretación como imposición, la verdad como aquello que la voluntad más fuerte decide que sea (Nietzsche, 1887).

El hombre fuerte del Partido Colorado es, a la vez, Hamlet que duda sin resolver, Maquiavelo que actúa sin escrúpulos, y Nietzsche que impone sin límites. Pero ninguna de estas máscaras es su esencia —porque no tiene esencia— sino los roles que asume según la coyuntura. Cuando la fuerza formal de la Constitución se le enfrenta, duda y pregunta "ser o no ser". Cuando ve una oportunidad, actúa con la frialdad del príncipe. Y cuando ninguna de las dos funciona, impone su voluntad por la fuerza bruta. La quimera cambia de rostro, pero el propósito es siempre el mismo: permanecer.

El hombre fuerte no nace como líder hegemónico. Se hace. Y para hacerlo, necesita una organización. Esa organización se llama Partido Colorado. No es que el partido lo cree, porque sería darle al partido una potencia que no tiene. El partido no es una madre que pare. El partido es un vehículo. O mejor: es un campo de fuerzas donde los hombres fuertes emergen, compiten, se devoran y, eventualmente, uno de ellos se impone a todos los demás. Entonces, por un tiempo, el campo se estabiliza. El hombre fuerte se sienta en la cima. Y desde allí, mira hacia abajo.

La historia del Partido Colorado desde 1947 es la historia de esta lucha intestina por la hegemonía. Los hombres fuertes se suceden. Algunos duran años. Otros, apenas meses. Pero todos comparten una misma lógica: el poder no se comparte. Se posee. No se delega. Se ejerce. No se negocia. Se impone. Al menos, esa es la aspiración. La realidad, como veremos, es más turbia y menos épica. Porque el hombre fuerte, por más que lo intente, nunca logra controlarlo todo. Siempre hay una fisura. Siempre hay un notable que dice no. Siempre hay un límite que la fuerza bruta no puede traspasar.

La trayectoria de esta quimera comienza, para nuestra historia, en 1947. El Partido Colorado gana la guerra civil y se convierte en el único partido. El historiador paraguayo Alfredo Boccia Romañach ha documentado este período fundacional con precisión quirúrgica, mostrando cómo la victoria militar se tradujo inmediatamente en un monopolio político que no admitía fisuras (Boccia Romañach, 1985). También Ricardo Scavone Yegros, en su análisis sobre la construcción del poder colorado, señala que la guerra civil de 1947 no fue solo un conflicto militar sino el parteaguas que definió la estructura de dominación del siglo XX paraguayo (Scavone Yegros, 2011). Pero la victoria no resuelve el problema de la sucesión. ¿Quién manda? Durante siete años, nadie logra imponerse del todo. Los hombres fuertes de esa época —Rolón, González, Chávez— tienen poder, pero no todo el poder. Las Fuerzas Armadas, en particular, son un poder autónomo. Y allí, en las sombras del cuartel, crece otro hombre fuerte que aún no es presidente. Se llama Alfredo Stroessner.

Stroessner es el arquetipo del hombre fuerte consumado. No pide permiso para tomar el poder. Lo toma. En mayo de 1954, da un golpe. No es un golpe contra el Partido Colorado, porque él mismo es colorado. Es un golpe dentro del partido, contra los que no aceptaban su liderazgo. Carlos R. Fernández (2020), en su estudio Stroessner: la construcción del poder absoluto, analiza cómo el golpe de 1954 representa el momento de cristalización de una lógica que venía gestándose desde la victoria de 1947: la eliminación sistemática de todo contrapeso interno. Milda Rivarola, en El stronismo: una historia de impunidad y violencia, sostiene que el régimen de Stroessner institucionalizó la confusión entre partido y Estado, transformando al Partido Colorado en una mera extensión de la voluntad dictatorial (Rivarola, 2005). El golpe es la expresión pura de su método: actuar primero, legalizar después. Durante un interinato, un títere ocupa formalmente la presidencia. Pero todos saben quién manda. En agosto, Stroessner asume como presidente. Las elecciones han sido un mero trámite. No había oponentes. No había dudas. El hombre fuerte ha llegado (Lewis, 1980).

Una vez en la cima, Stroessner no se detiene. No comparte. En 1956, destituye a Epifanio Méndez Fleitas, el caudillo colorado que lo había apoyado en el golpe pero que comenzaba a tener aspiraciones propias (Neri Farina, 2019). En 1959, disuelve el Congreso y detiene a los congresistas disidentes. Todos eran colorados. No importa. La lealtad al hombre fuerte es incondicional, o no es lealtad. El partido entero se pliega a su voluntad. No porque tenga una "esencia autoritaria", sino porque los notables que lo componen calculan que resistir cuesta más que obedecer. Y obedecen. Bernardo Neri Farina, en su obra El último dictador, documenta con detalle estos episodios de purga interna y disolución del Congreso, mostrando cómo Stroessner eliminó metódicamente cualquier atisbo de disidencia dentro del propio partido (Neri Farina, 2019).

En 1967, Stroessner necesita una Constitución que lo habilite a seguir siendo reelegido. La Constitución de 1940 se lo impedía. Entonces convoca a una Asamblea Constituyente controlada, y los constituyentes colorados —hombres fuertes menores, notables de segunda línea— le dan lo que pide. La nueva Constitución es un traje a medida. No es un límite al poder. Es una herramienta del poder. El hombre fuerte se viste de legalidad sin dejar de ser lo que es. Luis María Benítez Riera, constitucionalista paraguayo, ha analizado en profundidad este proceso, señalando que la Constitución de 1967 fue "la primera gran operación de ingeniería normativa del stronismo para perpetuarse en el poder" (Benítez Riera, 2021, p. 89).

Durante treinta y cinco años, Stroessner gobierna sin contrapesos reales. Pero ni siquiera el hombre más fuerte es eterno. En 1989, una facción del propio partido lo derroca. El general Andrés Rodríguez, otro hombre fuerte, otro colorado, toma el poder. No es un cambio de régimen. Es un recambio en la cúpula. El partido sigue siendo el mismo. Los notables, los mismos. La lógica del poder, la misma. Herib Caballero Campos ha estudiado la transición de 1989 como un caso paradigmático de "ruptura sin solución de continuidad", donde el partido hegemónico logró renovar su liderazgo sin alterar sus estructuras de dominación (Caballero Campos, 2005).

 Rodríguez gobierna apenas tres años. Le sucede Juan Carlos Wasmosy, el primer presidente colorado elegido en democracia (aunque con el partido todavía hegemónico). Wasmosy es un hombre fuerte de otra estirpe: no viene del cuartel, viene de los negocios. Pero el partido sigue siendo el vehículo. Y la lógica, la misma. Durante su mandato, estalla el conflicto con el general Lino Oviedo, otro hombre fuerte que aspira a la cima. La lucha es cruenta. Oviedo es encarcelado. El partido se fractura, pero no se rompe. Porque los notables saben que la fractura abierta beneficia a los de afuera, a los liberales, a los opositores. Y prefieren seguir dentro, aunque el líder de turno no les guste del todo. Horacio Galeano Perrone, en sus escritos sobre la transición democrática, analiza cómo la crisis de 1996-1999 evidenció la capacidad del Partido Colorado para absorber conflictos internos sin perder su hegemonía (Galeano Perrone, 2002).

En 2008, por primera y única vez, el Partido Colorado pierde el gobierno. Fernando Lugo, un obispo progresista, gana las elecciones (Soto, 2010). Durante cinco años, el hombre fuerte parece estar ausente. Pero el partido no desaparece. Se reorganiza. Espera. Y en 2013, emerge un nuevo hombre fuerte, otro empresario, otro colorado. Se llama Horacio Cartes. Line Bareiro y Clyde Soto (2015) han analizado el fenómeno Cartes como una reconfiguración de la tradicional "maquinaria política" colorada, donde el poder económico del líder se combina con la estructura clientelar del partido para producir un nivel de control interno sin precedentes. Milda Rivarola (2015) sostiene que Cartes representa "el retorno del caudillo", una figura que el Paraguay creía haber dejado atrás con la caída de Stroessner pero que resurgió con nueva vestidura empresarial.

Esteban Caballero Carrizosa (2018), en su análisis para el Centro de Análisis y Difusión de la Economía Paraguaya (CADEP), ha estudiado la evolución del Partido Colorado hacia una lógica marcadamente transaccional, donde las decisiones políticas se basan más en el intercambio de favores, lealtades y recursos que en el diseño de políticas públicas eficaces. Este análisis, retomado por el CADEP en sus informes de 2025, advierte que el modelo clientelista, aunque eficaz para mantener cohesión interna, es incompatible con una gestión pública eficiente (Centro de Análisis y Difusión de la Economía Paraguaya, 2025). Bareiro, ha señalado en múltiples trabajos que el clientelismo es el "pegamento" que mantiene unida a la ANR, pero también su principal fuente de fragilidad a largo plazo (Bareiro, 2014). Ignacio González Bozzolasco ha analizado las dinámicas facciosas dentro del Partido Colorado, mostrando cómo las disputas internas entre cartistas y disidentes reflejan una tensión irresoluble entre el control hegemónico y la necesidad de renovación de liderazgos (González Bozzolasco, 2020).

El Precedente: Nicanor Duarte Frutos y el ensayo de una estrategia

Antes de Cartes, hubo otro hombre fuerte que intentó la misma jugada. Se llamó Nicanor Duarte Frutos, y su fracaso allanó el camino para que otro, años después, ensayara los mismos movimientos con idéntico resultado.

Duarte Frutos fue presidente del Paraguay entre 2003 y 2008. Al final de su mandato, se enfrentó a la pregunta hamletiana por excelencia: ¿ser o no ser? ¿Ser senador vitalicio sin voz ni voto, condenado a la irrelevancia institucional? ¿O no serlo, negar su propia condición para reinventarse como senador activo? La Constitución le ofrecía una respuesta clara: sería senador vitalicio, y punto. Pero el hombre fuerte no acepta respuestas que no haya dado él mismo. Así que se embarcó en una travesía que lo llevaría por los tres niveles de nuestra indagación.

El primer intento de Duarte Frutos fue la reelección vía enmienda constitucional, impulsada en 2006 cuando pretendió presidir la Junta de Gobierno de la ANR sin dejar la Presidencia de la República. Aquella decisión fue judicializada por el entonces diputado Edmundo Rolón Osnaghi, argumentando la incompatibilidad de funciones. Aunque la Justicia habilitó su candidatura, la presión política lo obligó a retroceder parcialmente, solicitando un permiso indefinido. Aquí operaba como Maquiavelo: el cálculo estratégico, la manipulación de las reglas, la búsqueda de la eficacia por encima de la legalidad. La maniobra no prosperó del todo. Las resistencias internas y externas fueron demasiado grandes. Pero el hombre fuerte no se rindió. Simplemente cambió de tablero.

A principios de 2008, mientras aún ejercía la presidencia, Duarte Frutos se inscribió como candidato a senador activo en las elecciones generales de abril. El argumento jurídico era audaz: la Constitución no prohíbe explícitamente que un presidente en ejercicio sea candidato. La Corte Suprema, en un fallo que crearía escuela, lo habilitó. El 20 de abril de 2008, Duarte Frutos fue electo senador con 509.907 votos, el 27,23% de los sufragios. El Tribunal Superior de Justicia Electoral lo proclamó. El hombre fuerte tenía un pie dentro del Senado.

Pero había un problema de base: la duplicidad de funciones. El artículo 237 de la Constitución es claro: el Presidente de la República no puede ejercer otro cargo público mientras dure su mandato. Duarte Frutos seguía siendo presidente hasta el 15 de agosto de 2008. Y el Senado debía instalarse el 1 de julio de ese mismo año. Había cuarenta y cinco días de superposición inevitable.

La solución que ensayó Duarte Frutos fue la misma que intentaría Cartes una década después: renunciar a la presidencia antes de tiempo. El 23 de junio de 2008, Duarte Frutos presentó su renuncia al Congreso (Seitz, 2008). Su plan era que el vicepresidente, Francisco Oviedo, asumiera el mando hasta el 15 de agosto, liberándolo para jurar como senador activo el 1 de julio. La jugada estaba calcada: renunciar para no caer en duplicidad, consumar el juramento, y seguir en la política activa desde el Senado. Era el maquiavelismo en estado puro: el fin justifica los medios, y el fin era la permanencia.

Pero el Congreso —ese cuerpo que el hombre fuerte no controlaba del todo— se negó a tratar su renuncia. La oposición, encabezada por la Alianza Patriótica para el Cambio y el Partido Patria Querida, boicoteó la sesión. Argumentaban que la candidatura de Duarte Frutos era inconstitucional y que renunciar a la presidencia para evitar la duplicidad era una maniobra fraudulenta. Sin quórum, no hubo votación. La renuncia no fue aceptada. El primer movimiento falló. La pregunta hamletiana seguía sin respuesta: ¿podía ser o no ser?

Duarte Frutos cumplió su mandato hasta el 15 de agosto. Al día siguiente, ya como expresidente, se presentó en el Senado para reclamar su banca. Pero el presidente del Congreso, el liberal Miguel Abdón Saguier, se negó a convocarlo. En su lugar, convocó al suplente, Jorge Antonio Céspedes, quien juró como senador activo en su reemplazo (Última Hora, 2008). El argumento de Saguier era técnico: Duarte Frutos no podía jurar el 1 de julio porque era presidente; después del 15 de agosto, ya era senador vitalicio, no activo. La oportunidad se había perdido. El ser se había impuesto al no ser. La piedra, por esta vez, seguía siendo piedra (El Nacional, 2026).

El ex presidente no aceptó la derrota. Recurrió a la Corte Suprema. Y en septiembre de 2010 —dos años después de los hechos— la Sala Constitucional le dio la razón. La Corte anuló las resoluciones del Senado que habían convocado a Céspedes y declaró que Duarte Frutos tenía derecho a ocupar su banca como senador activo (Duarte Frutos, 2008). El fallo llegó tarde. La Legislatura ya estaba en marcha. El presidente Fernando Lugo ya había construido sus mayorías. Duarte Frutos recuperó formalmente su escaño, pero el daño político ya estaba hecho.

Sin embargo, el precedente judicial estaba sembrado: la Corte había reconocido el derecho de un expresidente a ser senador activo, y había establecido que la incompatibilidad era temporal, no absoluta. Era la jurisprudencia que Horacio Cartes aprovecharía años después. El voluntarismo nietzscheano —la voluntad de poder que se impone por encima de las normas— había encontrado un aliado inesperado: la letra de un fallo judicial. La verdad ya no era lo que la Constitución decía, sino lo que la Corte decidía que decía. El poder había producido su propia verdad.

El final de esta historia fue una jugada desesperada: el 26 de agosto de 2008, el presidente del Senado, Enrique González Quintana, tomó juramento a Duarte Frutos sin quórum, en un acto paralelo mientras la oposición realizaba su propia sesión (Notimérica, 2008). La crisis institucional fue mayúscula. El gobierno entrante de Lugo temió por la gobernabilidad. Pero no hubo muertos. No hubo incendios. La resistencia fue política, no sangrienta. Duarte Frutos, en el fondo, seguía siendo un Hamlet: dudaba, calculaba, pero no traspasaba el umbral de la violencia.

La ambición desmedida: El proyecto de la reelección

Cartes llegó a la presidencia en 2013 con una ventaja que sus antecesores no tuvieron: controlaba el partido desde antes de gobernar. No heredó la estructura partidaria. La construyó a su imagen y semejanza. Durante su mandato, tejió una red de lealtades que atravesó los tres poderes del Estado. Los jueces de la Corte Suprema fueron designados con su influencia. Los senadores y diputados colorados le debían favores. El partido, esa organización centenaria, se convirtió en su instrumento personal.

Pero no le bastaba con un solo mandato. Quería más. Quería la reelección. Aquí la pregunta hamletiana se reformulaba: ¿ser presidente por un período más, o no serlo y condenarse a la irrelevancia? La respuesta de Cartes fue inequívocamente nietzscheana: la voluntad de poder no admite límites. Si la Constitución se interponía, había que cambiarla.

Duarte Frutos lo había intentado antes y había fracasado. Cartes, que había aprendido de la experiencia de su antecesor, creyó que podría lograrlo donde el otro no pudo. La Constitución de 1992, paraguaya hasta la médula, había sido escrita para conjurar el fantasma de la dictadura. Su artículo 229 era un muro: el presidente durará cinco años en sus funciones y no podrá ser reelegido en ningún caso. No había ambigüedad. No había resquicio. Era la cláusula pétrea que separaba la democracia recuperada del stronismo que la había destrozado.

Cartes y su movimiento, Honor Colorado, decidieron que ese muro debía caer. No mediante una reforma total de la Constitución —el camino largo, complejo y sujeto a control popular— sino mediante una enmienda. El artículo 290 de la Constitución permitía modificaciones puntuales sin necesidad de una Convención Constituyente, siempre que fueran aprobadas por dos tercios del Congreso y refrendadas en referéndum. El plan era sencillo: cambiar el artículo 229, habilitar la reelección, y que Cartes pudiera presentarse nuevamente en 2018. De paso, la enmienda también beneficiaría a Fernando Lugo, el ex obispo y expresidente de izquierda, quien veía en la reelección la oportunidad de un retorno. Una alianza insólita: el empresario tabacalero y el ex obispo, unidos por la misma ambición. Era la quintaesencia del maquiavelismo: el enemigo de hoy es el aliado de mañana, si la conveniencia así lo dicta.

El 31 de marzo de 2017 fue el día elegido para consumar la maniobra. La Cámara de Senadores estaba presidida por el liberal Roberto Acevedo, un opositor a la reelección. Para sortear su autoridad, 25 senadores afines al oficialismo —colorados, luguistas y algunos liberales disidentes— se reunieron en una oficina del Frente Guasu, a puerta cerrada, y aprobaron el proyecto de enmienda en una sesión paralela. Fue un acto de ingeniería parlamentaria extrema: cambiaron el reglamento interno de la Cámara para vaciar de poder a la mesa directiva y luego aprobaron la enmienda en un cuarto, mientras el resto de los senadores ocupaba el hemiciclo. La forma se respetaba; el fondo, se violaba. Era la política como teatro, la legalidad como máscara.

La noticia se filtró. Y Asunción ardió.

Esa tarde, miles de personas rodearon el Congreso Nacional. La consigna era clara: "Dictadura nunca más". Era el grito de una sociedad que recordaba los 35 años de stronismo y no estaba dispuesta a permitir que la historia se repitiera. La policía reprimió con gases lacrimógenos y balines de goma. Los heridos fueron decenas. Entre ellos, el diputado liberal Edgar Acosta, quien recibió un disparo en la boca que le destrozó el rostro y requirió múltiples cirugías reconstructivas. Los manifestantes, enfurecidos, rompieron las vallas, ingresaron al edificio y le prendieron fuego. Las llamas devoraron parte del Senado. Era la imagen más violenta que el Paraguay democrático había producido desde el Marzo Paraguayo de 1999.

Pero la noche no había terminado. Pasada la medianoche, efectivos de la Policía Nacional irrumpieron en la sede del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), el principal partido de la oposición. Los jóvenes que se refugiaban allí fueron golpeados. Y en medio del operativo, el suboficial Gustavo Florentín disparó a quemarropa y mató a Rodrigo Quintana, un joven dirigente liberal de 25 años.

La Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay (Codehupy) ha documentado la impunidad que rodeó el caso y la posterior criminalización de quienes exigían justicia (Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay, 2023). Ocho años después, en abril de 2025, un tribunal sentenció a Gustavo Florentín a 24 años de cárcel por homicidio doloso (Infobae/EFE, 2025). La Cámara de Apelaciones ratificó el fallo, aunque el caso estuvo plagado de chicanas procesales (Última Hora, 2024). La muerte de Rodrigo Quintana se inscribe, según Codehupy, "dentro de un atropello generalizado a las instituciones democráticas y una criminalización muy extendida de la protesta social" (Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay, 2019).

Aquí la voluntad de poder nietzscheana mostró su rostro más brutal. No se trata ya de interpretar la Constitución de un modo favorable, ni de calcular estratégicamente los movimientos parlamentarios. Se trata de imponer la voluntad por la fuerza, de aplastar al que se interpone. El hombre fuerte, cuando la duda hamletiana se disuelve y el cálculo maquiavélico no alcanza, recurre a la violencia. Es su último recurso, pero también su naturaleza más auténtica.

Ante la magnitud de la crisis, el presidente de la Cámara de Diputados, Hugo Velázquez, suspendió la sesión que debía ratificar la enmienda al día siguiente. El gobierno destituyó al ministro del Interior y al jefe de la Policía Nacional, como ofrendas expiatorias. Pero la sangre ya estaba derramada. La comunidad internacional reaccionó con horror: la CIDH habló de "presunta ejecución extrajudicial" y la ONU expresó su preocupación por los actos de tortura contra los detenidos.

El proyecto de reelección murió aquella noche. Meses después, el Congreso lo rechazó formalmente. Se había intentado torcer la Constitución y había fracasado. Pero el costo fue altísimo: un muerto, decenas de heridos, la sede del Parlamento incendiada, y la democracia paraguaya profundamente herida. La pregunta hamletiana —"ser o no ser" reelegido— había recibido una respuesta maquiavélica teñida de sangre nietzscheana.

La segunda jugada: El asalto al senado (El espejo de Duarte Frutos)

La reelección había fracasado, pero Cartes no se rindió. Si no podía seguir siendo presidente, quería ser otra cosa. Quería ser senador activo. Y de nuevo, la Constitución se lo impedía. El artículo 189 —aquel que convierte a los ex presidentes en senadores vitalicios pero sin voto ni capacidad de integrar el quórum— era su nueva muralla. Otra vez la pregunta hamletiana: ¿ser senador vitalicio sin poder, o no serlo para reinventarse como senador activo? (El Nacional, 2026).

Cartes había observado con atención la fallida jugada de Duarte Frutos. Había visto cómo su antecesor había intentado renunciar a la presidencia para jurar como senador, y cómo el Congreso se lo había impedido mediante el boicot y la falta de quórum. Ahora, una década después, Cartes controlaba el partido como Duarte Frutos nunca lo había hecho. Tenía la Corte de su lado. Tenía el TSJE de su lado. Tenía la mayoría en el Congreso. ¿Qué podía salir mal?

El 11 de abril de 2018, la Corte Suprema declaró constitucional su candidatura a senador. El argumento era el mismo que había beneficiado a Duarte Frutos una década antes: la incompatibilidad entre la presidencia y la senaduría era temporal, no absoluta. Era la voluntad de poder haciéndose ley: la Corte no interpretaba la Constitución; la doblegaba a la voluntad del hombre fuerte. El TSJE lo proclamó senador electo. El 22 de abril, Cartes fue el senador más votado del país, con más de 766.000 sufragios.

El 28 de mayo de 2018, a dos meses de terminar su mandato, Cartes presentó su renuncia a la presidencia. La maniobra era idéntica a la de Duarte Frutos en 2008: renunciar antes del 1 de julio para no caer en duplicidad de funciones, permitiendo que su vicepresidenta, Alicia Pucheta, asumiera el mando hasta el 15 de agosto, mientras él juraba como senador activo. Todo estaba calculado con precisión maquiavélica. Todo, menos la resistencia.

El miércoles 30 de mayo, el Congreso debía tratar su renuncia. Pero la oposición —el Partido Liberal, el Frente Guasu de Fernando Lugo— se ausentó. Y lo que era peor: dentro de su propio partido, la facción "Colorado Añetete" liderada por Mario Abdo Benítez, el presidente electo, también se negó a dar quórum. Sólo 13 de 45 senadores se presentaron. La renuncia de Cartes no fue tratada. El presidente electo, que asumiría el 15 de agosto, no quería un Cartes omnipresente en el Senado condicionando su gobierno. La unidad colorada, ese mito fundacional del partido hegemónico, se quebraba en el momento crucial.

Aquí se reveló la falacia del voluntarismo nietzscheano aplicado a la política. Cartes había supuesto que su voluntad de poder era omnívora, que podía doblegar todo a su paso. Pero se encontró con que la voluntad de otros notables —Mario Abdo Benítez, los senadores liberales, Fernando Lugo— era más fuerte, o al menos, estaba mejor posicionada. La voluntad de poder no es un atributo individual. Es un campo de fuerzas donde chocan múltiples voluntades. Y en ese campo, Cartes, por más poderoso que fuera, no pudo imponerse.

El 26 de junio de 2018, Cartes retiró su renuncia. En su cuenta de Twitter, escribió: "Veo con gran pena que algunos legisladores no desean que se cumpla la voluntad popular del 22 de abril, por lo que retiro mi renuncia al cargo de Presidente de la República. Lamento que entre colorados no pudimos llegar con una bancada unida al próximo periodo". La confesión era brutal: el hombre fuerte había supuesto que el partido era una extensión de su voluntad. La realidad le demostró lo contrario. La pregunta hamletiana —¿puedo ser senador activo?— recibió una respuesta que no esperaba: no, no puedes. Y la respuesta no vino de la Constitución, sino de la política.

El 1 de julio de 2018, Fernando Lugo —presidente del Congreso y enemigo histórico de Cartes— no convocó al presidente saliente a jurar. En su lugar, convocó al suplente. La jugada de Cartes se había desmoronado. Como Duarte Frutos antes que él, había ganado las elecciones, había obtenido el respaldo de la Corte, pero había perdido en el terreno de la política real: la votación en el Senado. La lección era la misma para ambos: el Congreso, ese cuerpo rebelde, seguía siendo el dueño de la llave del juramento. Sin sus votos, la proclamación electoral y el fallo judicial eran papel mojado.

Años después, en 2022, el abogado de Cartes desistió formalmente de las acciones judiciales para reclamar la banca. El archivo se cerró. La piedra, otra vez, siguió siendo piedra (El Nacional, 2026). El hombre fuerte, por segunda vez, admitió tácitamente la derrota.

La sangre y el fuego: El precio de la ambición

Hay una diferencia crucial entre los dos intentos, que ilumina la naturaleza del hombre fuerte y su evolución entre 2008 y 2018. Es la diferencia entre Hamlet y Maquiavelo, entre la duda y el cálculo, entre la angustia existencial y la fría estrategia. Y también es la diferencia entre Maquiavelo y Nietzsche, entre el cálculo y la imposición violenta.

En 2008, Duarte Frutos intentó forzar su juramento como senador activo sin la anuencia del Congreso. La crisis institucional fue mayúscula. El gobierno entrante de Fernando Lugo temió por la gobernabilidad. Pero no hubo muertos. No hubo incendios. No hubo allanamientos violentos (Notimérica, 2008). La resistencia fue política, no sangrienta. Duarte Frutos, en el fondo, seguía siendo un Hamlet: dudaba, calculaba, pero no traspasaba el umbral de la violencia.

En 2017, cuando Cartes intentó la reelección vía enmienda, la respuesta del poder fue radicalmente distinta. La noche del 31 de marzo, el aparato represivo del Estado se desplegó con toda su fuerza. El resultado fue un joven muerto y el Congreso en llamas. Aquí ya no había Hamlet. Tampoco era solo Maquiavelo. Era Nietzsche en su versión más cruda: la voluntad de poder que no acepta límites, que está dispuesta a aplastar todo lo que se interponga, que convierte la política en una guerra sin cuartel.

La diferencia entre 2008 y 2017 no es solo de contexto. Es de naturaleza del hombre fuerte. Duarte Frutos, a pesar de sus intentos, seguía siendo un producto de la transición democrática, con ciertos escrúpulos, con ciertos límites internos. Cartes es otra cosa: un empresario con poder omnívoro, acostumbrado a que nada ni nadie se le interponga en el mundo de los negocios, y que trasladó esa lógica a la política. Bareiro y Soto (2015) han señalado que esta diferencia marca una mutación en la naturaleza del liderazgo colorado: del caudillo político al empresario que trata al Estado como una empresa más. Cuando la política no le dio lo que quería, recurrió a la fuerza. Cuando la fuerza le falló, recurrió a la manipulación judicial. Y cuando la manipulación judicial no fue suficiente, se retiró y esperó. 

La pregunta que atraviesa toda nuestra indagación —¿puede el hombre fuerte doblegar la Constitución a su voluntad?— tiene, pues, una respuesta trágica. En el plano de la necesidad formal, la respuesta es no: la Constitución dice lo que dice, y la lógica muestra que el expresidente no puede ser senador activo. En el plano de la política real, la respuesta es más compleja: a veces puede, a veces no. Duarte Frutos no pudo. Cartes, a pesar de todo su poder, tampoco pudo. Pero en el intento, se llegó a los extremos. Esa es la diferencia que ilumina la evolución del hombre fuerte en el Partido Colorado: de la duda hamletiana a la acción maquiavélica, y de la acción maquiavélica a la violencia nietzscheana. La quimera se ha vuelto más peligrosa con el tiempo, no menos.

Las vías muertas y la persistencia de la quimera

¿Qué queda después de dos intentos fallidos? Duarte Frutos nunca fue senador activo. Su fallo favorable de la Corte llegó tarde y no logró revertir la realidad política. Terminó siendo un senador vitalicio sin voto, como la Constitución siempre había dispuesto. Su intento de burlar el artículo 189 fracasó en todos los frentes. La piedra siguió siendo piedra. La pregunta hamletiana —"ser o no ser" senador activo— recibió una respuesta negativa, y el fantasma de la duda se disipó en el fracaso.

Cartes, a pesar de controlar el partido, la Corte y el TSJE, no pudo vencer la última barrera: la votación en el Senado. La facción "Colorado Añetete" de Mario Abdo Benítez, los liberales y el Frente Guasu coincidieron en negarle el quórum. El hombre fuerte más poderoso desde Stroessner tuvo que retirar su renuncia y admitir la derrota. En 2022, su abogado desistió formalmente de las acciones judiciales para reclamar la banca. El archivo se cerró. La piedra, otra vez, siguió siendo piedra (El Nacional, 2026).

Pero la quimera no muere. Sigue ahí, acechando. En 2025, el proyecto de ley para reinterpretar el artículo 189 sigue durmiendo en las comisiones del Senado (El Nacional, 2026). Los notables colorados calculan costos y beneficios. Algunos quieren aprobarlo. Otros, no. El hombre fuerte presiona, negocia, ofrece, amenaza. Pero los números no le dan. El partido no es una máquina perfecta. Es un campo de fuerzas con fisuras. Mientras las fisuras existan, la consumación no se completa.

La lección final es la siguiente: el hombre fuerte no es un dictador omnívoro que todo lo puede. Es un estratega que calcula costos, que mide resistencias, que a veces gana y a veces pierde. Stroessner pudo porque tuvo 35 años, porque eliminó físicamente a sus oponentes, porque controló las FFAA sin fisuras. Cartes no tiene 35 años. Tiene una democracia —frágil, pero democracia— que impone costos a la represión abierta. Tiene una oposición que, aunque débil, aún puede bloquear. Tiene, sobre todo, un partido que ya no es el de 1954. Los notables colorados de hoy son más autónomos, más calculadores, menos leales (Centro de Análisis y Difusión de la Economía Paraguaya, 2025). Siguen a Cartes mientras les conviene. Cuando deja de convenirles, lo abandonan. Como abandonaron a Stroessner en 1989. Como estuvieron a punto de abandonar a Cartes en 2018 si intentaba forzar la jura por decreto.

Por eso, el hombre fuerte del Partido Colorado es una quimera. No porque no exista —existe, y es poderoso—, sino porque su poder tiene límites que él mismo no puede traspasar. La fuerza bruta de la discreción choca una y otra vez contra la fuerza de la necesidad formal, y en ese choque, ni una ni otra vencen del todo. La Constitución no se pliega a la voluntad del poderoso, pero el poderoso no se pliega a la Constitución. La tensión persiste. Y mientras persiste, la política sigue siendo ese campo de batalla donde se dirimen, las preguntas fundamentales: ¿quién manda? ¿hasta dónde? ¿a costa de qué?

Epílogo: El Ser o No Ser del derecho frente al Poder

El intelectual paraguayo Augusto Roa Bastos, en su monumental obra Yo el Supremo, ya había anticipado esta lógica: el poder absoluto que se funda a sí mismo, que crea su propia legalidad, que no reconoce más límite que su propia voluntad (Roa Bastos, 1974). La novela de Roa Bastos es, en el fondo, una radiografía anticipada del hombre fuerte paraguayo. El crítico literario Helio Vera (1985) profundizó esta lectura, mostrando cómo la figura del dictador en la literatura paraguaya refleja una estructura de poder que trasciende a los individuos y se instala en el imaginario colectivo.

El sociólogo Tomás Palau ha estudiado las continuidades estructurales entre el stronismo y el cartismo, señalando que "el cambio de época no implicó un cambio en las lógicas profundas de acumulación de poder" (Palau, 2022, p. 145). Luis Rojas (2019), en El asedio a la democracia, analiza cómo las élites coloradas han desarrollado una "cultura política" basada en la impunidad y la captura institucional.

Ciento ochenta mil caracteres no alcanzarían para describir todas las metamorfosis del hombre fuerte en el Partido Colorado. Hay tantas como hombres fuertes hubo. El rasgo común, sin embargo, se mantiene a lo largo de las décadas: ninguno de ellos acepta que haya algo por encima de su voluntad. La Constitución es un obstáculo a sortear, no un límite a respetar. El derecho es un instrumento, no un marco. La oposición es un enemigo, no un interlocutor. Y cuando las instituciones no ceden, la violencia es la respuesta.

Esta es la conclusión que nos golpea en la cara, como un puñetazo que viene de lejos. Comenzamos con Hamlet, con la pregunta por el ser: ¿puede el expresidente ser senador activo? ¿Puede la piedra convertirse en agua? La lógica nos mostró que no. La necesidad formal es implacable: una cosa no puede ser y no ser al mismo tiempo. El senador vitalicio no vota, no integra el quórum. Si vota, no es senador vitalicio. La contradicción es clara.

Pero luego llegó Maquiavelo, con su sonrisa cínica, para recordarnos que la lógica no gobierna el mundo. Lo gobierna la eficacia, la fuerza, la capacidad de imponer la propia voluntad. El hombre fuerte no pregunta "¿es lógicamente posible?" Pregunta "¿puedo hacerlo?" Y si puede, lo hace. La consumación de los hechos, esa doctrina maquiavélica por excelencia, nos enseñó que un acto ilegal, si se consuma y nadie lo detiene a tiempo, se vuelve irreversible. La piedra se convierte en agua porque el poder dice que es agua.

Y finalmente, llegó Nietzsche, con su martillo, para mostrarnos que detrás de las normas y los hechos hay algo más profundo: la voluntad de poder. La Constitución no es un hecho objetivo. Es una interpretación. Y toda interpretación es un acto de voluntad. El poderoso interpreta como quiere, y su interpretación se vuelve verdad porque tiene el poder para imponerla. La piedra no es piedra ni el agua es agua. Todo es voluntad. Todo es poder. Todo es interpretación.

Pero nuestra radiografía histórica del Partido Colorado —desde 1947 hasta hoy, pasando por Stroessner, Duarte Frutos y Cartes— nos muestra que ninguna de estas tres perspectivas es suficiente por sí sola. El hombre fuerte no es solo Hamlet, porque duda y a veces se paraliza. No es solo Maquiavelo, porque su estrategia a menudo fracasa. No es solo Nietzsche, porque su voluntad de poder encuentra límites insalvables. Es las tres cosas a la vez, y ninguna exclusivamente. Es una quimera: un ser compuesto de partes heterogéneas que, sin embargo, funciona como una máquina de poder.

La pregunta final no es, entonces, "¿qué es el hombre fuerte?" La pregunta es "¿hasta dónde puede llegar?" La historia del Partido Colorado es la historia de esa pregunta, planteada una y otra vez, respondida una y otra vez con sangre, con fuego, con fallos judiciales a medida, con renuncias frustradas y juras imposibles. La respuesta provisional es: puede llegar lejos, muy lejos. Puede intentar cambiar la Constitución. Puede intentar torcer el sentido del artículo 189. Puede intentar imponer su voluntad por la fuerza. Pero no puede todo. Siempre hay un límite. Siempre hay un notable que dice no. Siempre hay una facción que se rebela. 

Esa es la única certeza que nos queda. El hombre fuerte, esa quimera que ha dominado la política paraguaya durante más de setenta años, no es invencible. No es omnipotente. No es eterno. Es contingente. Es histórico. Es humano. Y como todo lo humano, encuentra límites. La pregunta no es si los encontrará, sino cuándo, y cómo, y quién estará ahí para aprovechar la oportunidad. Porque después del hombre fuerte, suele venir otro hombre fuerte. Pero también puede venir otra cosa. En eso, quizás, consiste la política: en la impredecible posibilidad de que, algún día, la piedra deje de querer ser agua y acepte ser piedra. O que el agua, por fin, aprenda a fluir sin romper todo lo que toca.

Hasta entonces, nos queda el análisis. Mostrar la contradicción. Registrar los movimientos. Señalar las fisuras. No porque eso vaya a detener al hombre fuerte —quizás no pueda—, sino porque alguien tiene que dejar constancia de que la piedra era piedra, aunque el poder dijera que era agua. Alguien tiene que recordar que la sangre fue sangre, aunque el poder pretenda que fue un accidente. Alguien tiene que decir, cuando la noche termine y el humo se disipe, que Rodrigo Quintana no murió en vano. Que murió defendiendo la Constitución contra quienes querían romperla para seguir mandando.

Ese alguien, quizás, somos nosotros.

 

Referencias

Bareiro, L. (2014). Clientelismo y democracia en Paraguay. Centro de Documentación y Estudios.

Bareiro, L., & Soto, C. (2015). Cartes: poder empresarial y política. Centro de Documentación y Estudios.

Benítez Riera, L. M. (2021). Constitucionalismo paraguayo: una historia de rupturas y continuidades. Editorial Sherpa.

Boccia Romañach, A. (1985). La guerra civil de 1947. El Lector.

Caballero Campos, H. (2005). La transición democrática en Paraguay: 1989-2003. Arandurã.

Caballero Carrizosa, E. (2018). Economía política del Partido Colorado. Centro de Análisis y Difusión de la Economía Paraguaya (CADEP).

Centro de Análisis y Difusión de la Economía Paraguaya. (2025). Análisis de coyuntura: economía y sociedad N.º 85.

Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay. (2019). 31M: Codehupy monitorea causas judiciales ante posible impunidad y criminalización de víctimas.

Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay. (2023). Informe sobre la situación de los derechos humanos en Paraguay.

Duarte Frutos, N. (2008, 2 de octubre). Nicanor Duarte Frutos pide que le devuelvan su banca en el Senado. Corte Suprema de Justicia - Poder Judicial. https://www.pj.gov.py/notas/1764-nicanor-duarte-frutos-pide-que-le-devuelvan-su-banca-en-el-senado

El Nacional. (2026, 2 de mayo). Expresidentes y el límite constitucional: la historia de una disputa recurrente. El Nacional.

Fernández, C. R. (2020). Stroessner: la construcción del poder absoluto. Servilibro.

Galeano Perrone, H. (2002). Paraguay: poder, sociedad y conflicto en los años noventa. Centro de Estudios Paraguayos.

González Bozzolasco, I. (2020). Facciones y poder en la ANR. Arandurã.

Infobae/EFE. (2025, 11 de abril). Tribunal de Paraguay condena a 24 años de cárcel a policía por muerte de opositor en 2017. Infobae.

Lewis, P. H. (1980). Paraguay under Stroessner. University of North Carolina Press.

Maquiavelo, N. (1513). El Príncipe.

Neri Farina, B. (2019). El último dictador. Editorial Tiempo de Historia.

Nietzsche, F. (1887). Genealogía de la moral.

Notimérica. (2008, 27 de agosto). Paraguay.- El ex presidente de Paraguay jura como senador y desata una crisis institucional. Notimérica.

Palau, T. (2022). Continuidades y rupturas en el poder paraguayo. BASE Investigaciones Sociales.

Rivarola, M. (2005). El stronismo: una historia de impunidad y violencia. Servilibro.

Rivarola, M. (2015). Horacio Cartes: el retorno del caudillo. Centro de Documentación y Estudios.

Roa Bastos, A. (1974). Yo el Supremo. Siglo XXI Editores.

Rojas, L. (2019). El asedio a la democracia: élites y captura institucional en Paraguay. Arandurã.

Scavone Yegros, R. (2011). La construcción del poder colorado. El Lector.

Seitz, M. (2008, 23 de junio). Renúncia do presidente gera polêmica no Paraguai. BBC Brasil.

Shakespeare, W. (1603). The Tragedy of Hamlet, Prince of Denmark.

Soto, C. (2010). La derrota de 2008: el ocaso del Partido Colorado. Servilibro.

Swissinfo/EFE. (2025, 3 de abril). La Fiscalía paraguaya investiga a legisladores tras una protesta interrumpida por policías. Swissinfo.

Última Hora. (2008, 21 de agosto). Nicanor recibe otro golpe al no asumir como senador activo. Última Hora.

Última Hora. (2024, 11 de octubre). Ratifican juicio por homicidio en 2017 de Rodrigo Quintana. Última Hora.

Última Hora. (2025, 27 de septiembre). Antiguo esquema de clientelismo se perpetúa en las seccionales. Última Hora.

Vera, H. (1985). Literatura y dictadura en Paraguay. Editorial Alcándara.



 

El Ser o No Ser del expresidente: Una disquisición filosófica en tres niveles

La cuestión de si un expresidente puede convertirse en senador activo parece, a primera vista, un problema jurídico menor, una grieta en el artículo 189 de la Constitución Nacional. Pero al mirarla con atención, se revela como un abismo filosófico. El verbo "serán" que eligió el constituyente de 1992 no fue un capricho. Fue una declaración fundacional, un acto performativo que creó una realidad nueva. Y ahora, tres décadas después, el poder político intenta deshacer esa realidad sin cambiar una sola coma del texto. Nos encontramos, entonces, ante la eterna cuestión hamletiana aplicada al derecho: ser o no ser. O más precisamente: ¿se puede ser y no ser al mismo tiempo?

Nivel uno: La lógica o el principio de no contradicción

Aristóteles fue el primero en formularlo con claridad, una cosa no puede ser y no ser al mismo tiempo y en el mismo sentido. Parece obvio, y sin embargo, es precisamente eso lo que el cartismo pretende cuando intenta convertir a un expresidente en senador activo.

La Constitución dice, sin rodeos, que quien haya sido presidente electo democráticamente será senador vitalicio. No dice que podrá serlo, ni que tiene derecho a serlo, ni que puede elegir entre serlo o no. Dice que será. Es un mandato inexorable, un destino jurídico sellado en el momento mismo en que el mandatario entrega la banda. No se necesita ningún acto adicional de aceptación. No se puede rechazar el cargo porque no es un cargo optativo, es una cualidad que adquiere el sujeto al dejar la presidencia, del mismo modo que uno no elige ser hijo de sus padres o nacido en un territorio. La Constitución lo convierte en lo que es.

El problema surge cuando ese mismo sujeto quiere, además, ser senador activo. Las dos figuras son incompatibles en sus atributos esenciales. El senador vitalicio no integra el quórum, no vota, no recibe salario, no puede presidir la Cámara Alta. El senador activo hace exactamente lo contrario, con su sola presencia ayuda a alcanzar el número mínimo para sesionar, vota cada ley, cobra una dieta, y puede llegar a ser presidente del Senado, lo que lo coloca en la línea de sucesión presidencial. Es imposible que una misma persona realice simultáneamente ambas cosas, del mismo modo que es imposible estar sentado y parado a la vez en la misma silla y en el mismo instante.

La Corte Suprema, en su fallo de 2018 que habilitó la candidatura de Horacio Cartes, intentó sortear esta contradicción mediante una distinción artificiosa. Dijo que una cosa es ser candidato y otra muy distinta asumir el cargo. Que la incompatibilidad, si existe, se verificaría recién en el momento de la jura. Pero esta distinción es una falacia, un truco de prestidigitación jurídica. Si la Constitución ya ha declarado que el expresidente es senador vitalicio, ¿cómo puede postularse para ser otra cosa? Sería como permitir que un hombre casado solicite su propia mano en matrimonio porque todavía no se ha celebrado la segunda boda. La contradicción no comienza en la jura, comienza en el momento mismo en que se presenta la candidatura. Porque el candidato no es un ciudadano común. Es, por mandato constitucional, senador vitalicio. Y un senador vitalicio no puede aspirar a ser lo que ya es ni a dejar de ser lo que la Constitución manda que sea.

El principio de no contradicción es implacable. Si aceptamos que el expresidente puede ser senador activo, tenemos que aceptar que puede y no puede integrar el quórum, puede y no puede votar, puede y no puede cobrar salario. El lenguaje pierde su sentido. Las palabras ya no refieren a nada. Y con ellas, el derecho se disuelve en un absurdo.

Pero la lógica nos dice qué no se puede pensar; la ontología debe decirnos qué tipo de ser es el que la Constitución ha creado.

Nivel dos: La ontología o el ser fijado por la Constitución

La lógica nos ha mostrado la contradicción. Pero la ontología —el estudio del ser en cuanto ser— nos invita a ir más allá, a preguntarnos qué tipo de realidad es esa que la Constitución crea con su verbo performativo. Porque el artículo 189 no describe una situación natural, como cuando decimos "el cielo es azul". Está creando algo que no existía antes, una categoría jurídica nueva, el senador vitalicio, que sólo aparece cuando un presidente deja el cargo.

El verbo "serán" opera aquí como una fórmula mágica, un acto de habla que transforma la realidad. Cuando el constituyente escribió esa palabra, no estaba informando sobre un hecho preexistente, estaba produciendo un hecho nuevo. Del mismo modo que el juez que dice "los declaro marido y mujer" no describe un matrimonio, lo crea, el constituyente declaró, quienes hayan sido presidentes serán senadores vitalicios. Y así fue. La realidad se plegó a la palabra.

Esta creación tiene tres características ontológicas que vale la pena destacar. La primera es la necesidad, el expresidente no puede no ser senador vitalicio. No hay una opción, no hay un camino alternativo. La Constitución no le pregunta si acepta o rechaza, no le ofrece una renuncia posible. Es, y punto. La segunda es la especificidad, no es cualquier tipo de senador, sino uno con atributos muy precisos. Su ser consiste en no integrar el quórum, no votar, no cobrar. Su voz es apenas un eco sin consecuencias. La tercera es la perpetuidad, es vitalicio, lo que significa que su ser no se extingue con el tiempo ni con su voluntad. Durará mientras él dure, y ni siquiera la muerte de su ambición política puede matar su condición jurídica.

Ahora bien, el expresidente no es sólo ese ser fijado por la Constitución. También es un ser de carne y hueso, con ambiciones, deseos, proyectos. Quiere seguir en la política activa. Quiere votar leyes, influir en las decisiones, presidir comisiones, quizás incluso volver a la primera magistratura. Su devenir —el flujo de su existencia concreta— choca contra su esencia —lo que la Constitución dice que es.

Aquí aparece la gran tensión ontológica. Platón diría que la esencia es inmutable. El expresidente es senador vitalicio, y no hay devenir que pueda cambiar eso. Si intenta ser senador activo, está intentando ser otra cosa, negando su propio ser. Será una contradicción ambulante, un ser que se niega a sí mismo, como el triángulo que quisiera ser círculo. Hegel, en cambio, diría que el ser es devenir, que la realidad no es un conjunto de esencias fijas sino un proceso constante de transformación. El expresidente es senador vitalicio, pero también deviene otra cosa al presentarse a elecciones. La contradicción se resolvería en una síntesis superior, el expresidente renuncia a su ser vitalicio, se convierte en candidato, y finalmente asume como senador activo. El problema es que Hegel exige un mecanismo de superación, un ritual de muerte y resurrección del ser, que la Constitución no provee. La renuncia no está prevista. No hay procedimiento para dejar de ser lo que la norma manda ser.

¿Se puede renunciar a la senaduría vitalicia? La respuesta no es obvia. Si es un cargo, como el de juez o ministro, la renuncia debería ser posible. Pero si es una cualidad, como la nacionalidad, la renuncia no procede sin un acto formal que el ordenamiento no contempla. Un paraguayo no puede renunciar a ser paraguayo por su sola voluntad, necesita un procedimiento de pérdida de nacionalidad. Del mismo modo, el expresidente no puede renunciar a ser senador vitalicio por el simple hecho de presentar un papel. La Constitución no lo autoriza, y lo que la Constitución no autoriza, está prohibido.

Si la Corte y el cartismo logran su objetivo, Paraguay habrá creado una nueva categoría ontológica que no tiene nombre en ningún tratado de derecho comparado, el expresidente senador vitalicio activo. Un ser que es vitalicio porque la Constitución así lo manda, pero también activo porque así lo decidió el poder político. Un ser que integra el quórum como activo pero no como vitalicio, que vota como activo pero no como vitalicio, que cobra como activo pero no como vitalicio. Un ser escindido, esquizofrénico, imposible. Es el oxímoron constitucional perfecto, el círculo cuadrado de la política paraguaya. Y como todo oxímoron, su belleza es sólo aparente. En el fondo, es una monstruosidad lógica que ofende a la razón y corroe los cimientos del Estado de derecho.

Definido el ser, resta preguntarse cómo podemos conocerlo en medio de la captura política.

Nivel tres: La epistemología o la verdad producida por el Poder

Llegamos ahora al nivel quizás más inquietante de todos, el epistemológico. ¿Cómo sabemos si el expresidente puede o no ser senador activo? ¿Cuál es la fuente de verdad en esta disputa? ¿Acaso hay una verdad objetiva que podamos alcanzar, o todo se reduce a quien tiene el poder de imponer su interpretación?

Tradicionalmente, los juristas respondían estas preguntas señalando las fuentes del conocimiento constitucional. La primera y más importante es el texto mismo. El artículo 189 está ahí, escrito en papel, accesible a cualquier ciudadano que sepa leer. Dice "serán senadores vitalicios... No integrarán el quórum. Tendrán voz, pero no voto." Ese es un hecho. Podemos verlo con nuestros propios ojos. La segunda fuente es la voluntad del constituyente. Tenemos las actas de la Convención de 1992, sabemos que se rechazó explícitamente una propuesta que permitía a los expresidentes postularse a otros cargos. La tercera fuente es la jurisprudencia, y aquí las cosas se complican porque la Corte Suprema ha fallado en dos ocasiones —2010 y 2018— habilitando a Duarte Frutos y a Cartes a presentarse como candidatos. La cuarta fuente es la práctica política, y sabemos que en ambos casos el Senado les impidió jurar, de modo que el precedente es, en el mejor de los casos, ambiguo.

Ahora bien, ¿cuál de estas fuentes prevalece? Para un positivista ingenuo, el texto es claro y no admite interpretación. Para un originalista, la voluntad del constituyente es vinculante. Para un realista jurídico, lo que cuenta es lo que dicen los jueces, y los jueces han dicho que sí es posible. Pero aquí aparece el problema epistemológico fundamental, los jueces que dijeron que sí eran los mismos que habían sido designados por el poder político que quería oír esa respuesta. La Corte Suprema no es un tribunal imparcial en el cielo de las ideas, es una institución terrenal compuesta por personas que deben su cargo al presidente de turno, y que saben que su continuidad depende de no contrariar demasiado a quienes los nombraron.

En un sistema constitucional sano, la verdad jurídica se produce mediante la interpretación racional del texto a la luz de los principios. En un sistema capturado por el poder político, la verdad es lo que el poderoso decide que sea. La Corte se convierte entonces en una productora de verdades a medida, un taller de herrería constitucional donde se forjan los fallos que el gobierno necesita. El principio de no contradicción se suspende por decreto judicial. La ontología se pliega a la voluntad del amo. Y la pregunta epistemológica —¿cómo sabemos lo que es constitucional?— se responde con un cinismo descarnado, lo sabemos porque lo dice el poder.

Frente a este panorama, cabe una postura escéptica. ¿Podemos realmente conocer la verdad constitucional si no hay un intérprete imparcial? ¿Acaso no estamos condenados a vivir en la incertidumbre, sabiendo que el texto dice una cosa y el poder impone la contraria? El escepticismo es tentador, pero tiene un costo, nos deja sin herramientas para distinguir la arbitrariedad del derecho, la tiranía de la democracia. No todo es opinable. La Constitución no es un poema abierto a cualquier interpretación. Es una norma, y como toda norma, tiene un núcleo duro de significado que resiste incluso a la voluntad más poderosa.

El escepticismo tiene razón al señalar que no hay un intérprete imparcial, pero se equivoca al concluir que todo es interpretable. Ese núcleo duro es lo que podemos conocer con certeza. Sabemos que el artículo 189 dice lo que dice. Sabemos que la voluntad del constituyente fue clara. Sabemos que los fallos de la Corte fueron dictados por jueces designados por el mismo poder que hoy quiere extender el precedente. Sabemos que si el cartismo logra su objetivo, estará modificando la Constitución sin la reforma que exige el artículo 290 —dos tercios del Congreso, aprobación popular en referéndum—. Eso no es una interpretación, es un hecho. Y los hechos, a diferencia de las opiniones, no se negocian.

Conclusión: La tragedia del Ser y la Nada

En la obra de Shakespeare, Hamlet se pregunta si vale la pena soportar los embates de la fortuna o alzarse en armas contra un mar de problemas. Su pregunta es existencial, angustiada, humana. En Paraguay, los expresidentes y la Corte se preguntan algo similar pero al revés, no si ser o no ser, sino si pueden ser dos cosas a la vez, si pueden acumular el honor sin poder de la senaduría vitalicia y la potencia sin honor de la senaduría activa. La pregunta es menos trágica que la de Hamlet, pero sus consecuencias son más graves para la democracia.

La respuesta desde la lógica es no. La respuesta desde la ontología es no. La respuesta desde la epistemología —si nos aferramos al texto y a la razón— es no. El expresidente es senador vitalicio. No puede no serlo. Y el senador vitalicio es, por definición, incompatible con el senador activo. Pretender lo contrario no es una interpretación alternativa, es un suicidio lógico y ontológico del orden constitucional. Es pedirle a la piedra que sea agua. Puede romperse, puede erosionarse, puede ser arrastrada por el río del poder. Pero dejará de ser piedra. Y cuando la piedra deja de ser piedra, ya no queda nada firme sobre qué construir. Sólo queda el fango de la arbitrariedad, el lodo del capricho, la arena movediza de la voluntad sin ley.

Esa es la tragedia que el cartismo no quiere ver, o que, viéndola, no le importa. Porque el poder, como escribió Lord Acton, corrompe. Y el poder absoluto corrompe absolutamente, incluso la capacidad de distinguir entre el ser y la nada.



miércoles, 20 de mayo de 2026

El error del TSJE al aplicar la preclusión al voto electrónico

El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) sostiene que no se puede abrir el Sobre N° 4, donde están guardadas las papeletas físicas, para verificar los resultados de una mesa. Su argumento se apoya en el llamado principio de "etapas preclusas": el escrutinio ocurre una sola vez el día de la votación; una vez que las autoridades firman el acta, esa etapa se cierra para siempre y no se puede volver a abrir. Este razonamiento, sin embargo, contiene dos errores lógicos profundos que lo hacen insostenible. Veamos por qué.

Definiciones iniciales (para fijar términos)

Antes de desarrollar el argumento, conviene definir con precisión los conceptos centrales que utilizaremos:

P = Acto judicial | Aquel que pertenece a la categoría de los juicios, es decir, un procedimiento contradictorio entre partes enfrentadas ante un juez.

Q = Acto de escrutinio | Aquel que pertenece a la categoría de la verificación de la voluntad popular en una elección, sin partes enfrentadas.

R = Aplicabilidad de la preclusión | La regla procesal según la cual una etapa, una vez cerrada, no puede volver a abrirse.

S = Escrutinio real | Aquel en el que las autoridades verifican materialmente cada voto (leyendo papeleta por papeleta).

U = Certificación sin verificación | Aquel en el que las autoridades solo asientan un número proporcionado por una máquina, sin comprobación independiente.

T = Negativa de apertura del Sobre N° 4 | La decisión del TSJE de no permitir el acceso a las papeletas físicas para cotejo.

Lema 1 (naturaleza de la preclusión): La preclusión es una regla creada para los actos judiciales (P), no para los actos de escrutinio (Q).

Lema 2 (condición de la preclusión): Para que la preclusión sea aplicable, el acto en cuestión debe haberse realizado materialmente.

La preclusión pertenece al mundo de los juicios, no al del escrutinio

La preclusión es una regla del derecho procesal. Está pensada para los juicios, donde hay dos partes enfrentadas (un demandante y un demandado) y un juez que debe resolver un conflicto. En ese contexto, la ley fija plazos para que cada parte presente sus pruebas. Si una parte no presenta una prueba dentro del plazo, pierde el derecho a hacerlo después. La etapa se "precluye" o se cierra.

En términos lógicos podemos escribir:

- Regla general: P → R (si el acto es un juicio, entonces la preclusión es aplicable).

- Hecho constatado: el escrutinio electoral no es un juicio, sino un acto de verificación de voluntad popular. Es decir, ¬P Q (no es un juicio, es un escrutinio).

Implicación 1: Dado que P y Q son categorías distintas (pertenecen a géneros diferentes de actos jurídicos), las reglas de una no pueden trasladarse automáticamente a la otra. Esto es lo que en lógica se denomina un error categorial: aplicar a una categoría lo que rige para otra distinta.

Sería un error categorial querer aplicar las reglas del ajedrez a una carrera de 100 metros lisos. Las reglas del ajedrez no funcionan en una carrera, y las reglas de la preclusión no funcionan en el escrutinio.

Por lo tanto, la preclusión no es aplicable al escrutinio electrónico: ¬R.

Si la preclusión no es aplicable, entonces el argumento del TSJE que se basa exclusivamente en ella para negar la apertura del Sobre N° 4 carece de fundamento normativo. No se puede invocar una regla que, por definición, no rige para el acto que se está juzgando.

La preclusión exige que el acto realmente se haya cumplido

Hay un segundo error, aún más grave. Para que una etapa pueda darse por precluida, es necesario que esa etapa realmente se haya realizado. En el caso del escrutinio, la preclusión solo podría operar si las autoridades de mesa hubieran hecho un escrutinio real, es decir, si hubieran verificado los votos uno por uno.

En términos lógicos:

- Condición necesaria: R → S (si la preclusión es aplicable, entonces el escrutinio real debe haberse realizado).

- Hecho constatado (investigación documental): en el sistema electrónico paraguayo, las autoridades de mesa no verifican los votos uno por uno. No leen ninguna papeleta. La máquina les entrega un número impreso; ellas copian ese número en el acta y lo firman. No hay verificación material, solo certificación de lo que dice la máquina. Esto se expresa como: U ¬S (las autoridades certificaron sin verificar, y el escrutinio real no ocurrió).

Si ¬S (el escrutinio real no ocurrió), entonces la condición R → S no se cumple. Esto implica que R es falso, es decir, ¬R. Simbólicamente: ¬S → ¬R.

Por esta segunda vía, también llegamos a que la preclusión no es aplicable: ¬R.

El TSJE presupone falsamente que el escrutinio ocurrió como debía ocurrir. Pero lo que realmente ocurrió fue otra cosa: una simple lectura de un número en una pantalla o en un ticket impreso. No se puede cerrar una puerta que nunca se abrió. Decir que "la etapa del escrutinio ya pasó" cuando nunca hubo tal escrutinio en sentido material es un abuso del lenguaje y una distorsión de la realidad procesal.

Consecuencias sobre el Sobre N° 4

Hemos demostrado por dos caminos independientes que la preclusión no es aplicable al escrutinio electrónico paraguayo:

1. Por error categorial (P vs Q).

2. Por falta de escrutinio real (¬S).

En ambos casos, la conclusión es ¬R.

El TSJE sostiene implícitamente que: R → T (si la preclusión es aplicable, entonces se puede negar la apertura del Sobre N° 4).

Dado que hemos demostrado ¬R, la premisa R → T no nos permite concluir T. En términos lógicos: de una premisa falsa (R) no se sigue la validez de la negativa (T). Por lo tanto, la decisión de negar la apertura del Sobre N° 4 carece de justificación lógica.

Si no existe fundamento para negar la apertura, entonces, por el principio de razonabilidad y transparencia, el Sobre N° 4 debe poder abrirse cuando existan indicios fundados de irregularidad. La carga de la prueba de que no debe abrirse recae sobre quien se opone a ello, no sobre quien solicita la verificación.

La jerarquía de las fuentes probatorias

Más allá del argumento sobre la preclusión, existe un principio lógico y jurídico elemental sobre la jerarquía de las fuentes de información.

Definición:

- Fuente primaria: aquella que contiene directamente el acto de voluntad (las papeletas físicas dentro del Sobre N° 4).

- Fuente secundaria: aquella que da testimonio de lo ocurrido, pero no es el acto mismo (el acta firmada por las autoridades).

Regla de prioridad: En cualquier sistema racional de prueba, cuando la fuente secundaria contradice a la fuente primaria o existen dudas sobre su exactitud, prevalece la fuente primaria.

Formalización:

- Primaria → verdad directa (la papeleta es el voto).

- Secundaria → verdad derivada (el acta dice lo que las autoridades creyeron que pasó).

Decir que "el acta mata a la papeleta" es invertir esta jerarquía. Es como afirmar que el resumen de un libro vale más que el libro mismo, o que la fotocopia de un documento prevalece sobre el original. Esto es lógicamente absurdo y jurídicamente insostenible en cualquier estado de derecho que se precie de respetar la verdad material.

Si se permite que una fuente secundaria anule a la fuente primaria mediante un artilugio procesal (como la invocación indebida de la preclusión), entonces se crea un sistema blindado contra la verificación. Ese sistema ya no es un sistema de elecciones auténticas, sino un sistema de certificaciones inapelables basadas en la confianza ciega en una máquina.

Conclusión

Por todo lo expuesto, el Tribunal Superior de Justicia Electoral comete un error categorial al aplicar al escrutinio electoral una regla —la preclusión— que por su propia naturaleza pertenece al ámbito de los juicios contradictorios (P → R aplicado a Q, siendo P ≠ Q). Adicionalmente, incurre en una presuposición falsa al dar por realizado un escrutinio real (S) cuando la evidencia documental demuestra que las autoridades de mesa solo certificaron un número sin verificar los votos uno por uno (U ¬S).

En consecuencia:

1. La preclusión no es aplicable al escrutinio electrónico paraguayo (¬R por dos vías independientes).

2. La negativa a abrir el Sobre N° 4 no tiene fundamento lógico válido (¬T, es decir, no es válido negar la apertura).

3. Las papeletas físicas contenidas en el Sobre N° 4 constituyen la fuente primaria de la verdad electoral y deben prevalecer sobre el acta en caso de duda o controversia.

4. Cerrar el acceso a esa fuente primaria mediante la invocación indebida de la preclusión convierte un instrumento de orden procesal en un escudo contra la transparencia y la verificación ciudadana.

La preclusión, bien usada, da certeza. Mal usada —como en este caso, aplicada a un acto que no es un juicio y que nunca ocurrió materialmente— se convierte en una herramienta para blindar los resultados contra cualquier control. La ciudadanía y los partidos políticos tienen el derecho irrenunciable a verificar las papeletas físicas. Ninguna interpretación procesal puede legítimamente arrebatarles ese derecho sin caer en un absurdo lógico y en una violación de los principios fundamentales de toda democracia auténtica.



Demostración matemática y simulada: El voto preferencial manual es perfectamente viable en tiempo y forma

 


















domingo, 17 de mayo de 2026

Un estudio formal de las distorsiones estructurales en sistemas electorales de alianza

 

El presente documento analiza, con rigor formal, el mecanismo de selección de candidatos para cuerpos colegiados utilizado por coaliciones políticas en ciertos sistemas electorales. Este mecanismo combina dos elementos: la distribución de cuotas entre los partidos miembros de la coalición mediante pacto previo, y el voto preferencial dentro de cada partido para ordenar a sus candidatos. El análisis demuestra, mediante teoremas formales y simulaciones matemáticas, que este sistema produce distorsiones sistemáticas e incorregibles en la representación electoral, incluyendo la imposibilidad de superar las cuotas preasignadas, la paradoja del candidato mas votado que no resulta electo, y violaciones a principios fundamentales como la monotonicidad y la soberanía del elector. Corresponde al lector evaluar si las propiedades de este mecanismo se ajustan a sus criterios sobre un proceso de representación.