_________Víctor M. Oxley Ynsfrán__ Filósofo artefactualista estructural. Investigador en educación matemática y analista político. Su núcleo teórico: prioridad del tipado sobre la referencia; legitimidad como coherencia, utilidad y relevancia de prácticas bien formadas. Políticamente: crítico de la democracia procedimental vacía; defiende la soberanía popular sustantiva frente a reglas que producen minoríacracia; el cambio requiere rediseño institucional, no voluntarismo.
Filósofo artefactualista estructural. Investigador en educación matemática y analista político. Su n
sábado, 23 de mayo de 2026
jueves, 21 de mayo de 2026
"Tu propia torpeza": el argumento del TSJE para proteger al fraude y castigar a la víctima
Los días 25 y 26 de mayo, el TSJE realizará una "verificación técnica" del hardware y software de las máquinas de votación. Han convocado exclusivamente a representantes del Partido Colorado (ANR).
Lo que harán no es una auditoría independiente. Es un acto
político con vestimenta técnica. Carece de los elementos mínimos que definirían
un control serio, solo un partido, y funcionarios que pertenecen al sector
oficialista, los mismos que controlan el TSJE, estarán presentes. Dos días son
insuficientes para revisar código fuente, compiladores, binarios y hardware. Lo
que allí ocurra no modificará el diseño del sistema ni abrirá el "sobre
4" para un recuento real. Este simulacro sirve para que el TSJE pueda
declarar, después: "Las máquinas ya
fueron verificadas. No hay fraude." La disidencia interna del propio
Partido Colorado fue la que denunció la falta de transparencia, y ni siquiera
fue invitada directamente, deben acreditarse a través del Tribunal Electoral
Partidario de la ANR.
En ese trágico-cómico número con guion de los más malos, lo
que no se verificará será si el software compilado que corre en las máquinas es
el mismo que el código fuente "auditado". Si el resultado de la
máquina coincide con los votos depositados en la urna (porque las papeletas ya
no valen legalmente). Si hay manipulación en tiempo real durante la votación. Si
el "acta mata la papeleta" encubre un desajuste sistemático entre
votos emitidos y votos registrados. Este simulacro no está diseñado para
generar confianza. Está diseñado para poder decir que se hizo algo, sin hacer
realmente lo único que generaría certeza, es decir, auditoría externa,
participativa, sobre software y hardware, con recuento posterior de papeletas
físicas (sobre 4) en una muestra estadísticamente significativa de mesas. Mientras
el principio "el acta mata la papeleta" siga vigente, ninguna
verificación técnica de dos días, hecha a puertas cerradas con un solo partido,
merecerá el nombre de auditoría. Es teatro y de los de más mala calidad.
Pero vayamos a algo más básico y de carácter muy fundamental.
La premisa de la verdad electoral es que la veracidad del
resultado electoral es la correspondencia exacta entre lo que el elector
depositó en la urna (voto emitido) y lo que se registra como resultado oficial.
El TSJE se atrinchera en el principio procedimental del que "el acta mata
la papeleta", y esto se traduce en que una vez firmada el acta, la
papeleta pierde todo valor legal. La verdad oficial ya no es la urna, es el
papel firmado por los miembros de mesa. El TSJE ha desplazado el fundamento de
la verdad electoral del acto material del voto (la papeleta en la urna) al
acto administrativo de su registro (el acta firmada). Es como si un banco
dijera que tu saldo real no es el dinero que depositaste, sino lo que el cajero
anotó en un papel, y que ese papel no se puede verificar después. La
consecuencia inevitable de todo esto es que se hace imposible verificar
si el acta coincide con la urna. El sistema declara que la verdad es
inverificable por diseño. El agravante viene, si luego se descubre un fraude,
la víctima no puede reclamar, porque se le aplica el principio de que "nadie
puede alegar su propia torpeza" (Nemo auditur propriam turpitudinem
allegans). En este contexto, significa: "Usted, partido político o
apoderado, tuvo la oportunidad de observar el escrutinio, impugnar las actas y
defender sus votos en el momento exacto en que se contaban. Si no lo hizo,
es por su culpa, por su negligencia, por su torpeza. Ahora no puede venir a
reclamar. El daño que sufre es responsabilidad suya."
Este principio, que en el derecho civil tiene sentido para
evitar abusos procesales (por ejemplo, no puedes reclamar daños por un
accidente que tú mismo provocaste), se convierte en un escudo perverso para
el fraude electoral cuando se aplica de esta manera.
Imaginemos el escenario en que el movimiento Fuerza
Republicana no tiene apoderados en el 80% de las mesas del país en unas
internas para elegir candidatos para las generales del 2028. Simplemente no
tiene la estructura humana para cubrirlas. En una mesa sin su apoderado, los
miembros de mesa (del movimiento oficialista) se adjudican 300 votos, más allá
de la impresión del resultado de la urna electrónica. Firman el acta. El fraude
está consumado. Días después, el partido afectado descubre, por un análisis
estadístico o por un testigo, la anomalía masiva. Va al TSJE a reclamar. El
TSJE responde: "Nemo auditur propriam turpitudinem allegans. Usted no
puso apoderado en esa mesa. Es su propia torpeza. Reclamo rechazado."
La ley, en este caso, protege al defraudador y castiga a la
víctima por no haber tenido los recursos para estar en todas partes.
Aplicarlo en un contexto donde la parte afectada no tuvo la
capacidad real de evitar el daño convierte un principio de justicia
procesal en un instrumento de impunidad para el fraude. Mientras no se abra el
sobre 4, o se admitan recuentos posteriores estadísticamente significativos (como
el 5-10% de las mesas seleccionadas al azar), auditorías externas e
independientes del software y hardware, no "verificaciones" del
propio TSJE, mientras esto no ocurra, la ley está blindada contra cualquier
reclamo posterior, y la única protección real contra el fraude es... ninguna.
Así que nuestra desconfianza es la única actitud racional ante todo esto.
El hombre fuerte: Anatomía de una quimera política
Llamémoslo el hombre fuerte, aunque el nombre sea impreciso. No es solo fuerza lo que lo define, ni solo poder, ni solo voluntad. Es una constelación de atributos que, reunidos en un solo hombre, producen un fenómeno que el Paraguay ha visto nacer una y otra vez, desde mediados del siglo pasado hasta el día de hoy. No es un invento paraguayo, claro. Maquiavelo lo describió antes de que existiera el Paraguay (Maquiavelo, 1513). Pero aquí, en este rincón del mundo, el hombre fuerte ha encontrado un territorio fértil donde multiplicarse y persistir.
Para entenderlo, hemos debido transitar por tres niveles de
análisis que, como capas de una cebolla, van revelando su naturaleza esquiva.
El primer nivel es el hamletiano: la pregunta por el ser. ¿Es el expresidente
senador vitalicio? ¿Puede dejar de serlo? ¿Puede ser dos cosas a la vez? La
duda existencial, la angustia ante la contradicción, el fantasma de la
indecisión que paraliza (Shakespeare, 1603). El segundo nivel es el
maquiavélico: la pregunta por la acción. ¿Cómo se obtiene y conserva el poder?
¿Qué medios son legítimos cuando el fin es la permanencia? La fuerza bruta de
la discreción, la consumación de los hechos, el cálculo cínico de la eficacia
(Maquiavelo, 1513). El tercer nivel es el nietzscheano: la pregunta por la
voluntad. ¿Qué es la realidad última que subyace a las normas y a los hechos?
La voluntad de poder, la interpretación como imposición, la verdad como aquello
que la voluntad más fuerte decide que sea (Nietzsche, 1887).
El hombre fuerte del Partido Colorado es, a la vez, Hamlet
que duda sin resolver, Maquiavelo que actúa sin escrúpulos, y Nietzsche que
impone sin límites. Pero ninguna de estas máscaras es su esencia —porque no
tiene esencia— sino los roles que asume según la coyuntura. Cuando la fuerza
formal de la Constitución se le enfrenta, duda y pregunta "ser o no
ser". Cuando ve una oportunidad, actúa con la frialdad del príncipe. Y
cuando ninguna de las dos funciona, impone su voluntad por la fuerza bruta. La
quimera cambia de rostro, pero el propósito es siempre el mismo: permanecer.
El hombre fuerte no nace como líder hegemónico. Se hace. Y
para hacerlo, necesita una organización. Esa organización se llama Partido
Colorado. No es que el partido lo cree, porque sería darle al partido una
potencia que no tiene. El partido no es una madre que pare. El partido es un
vehículo. O mejor: es un campo de fuerzas donde los hombres fuertes emergen,
compiten, se devoran y, eventualmente, uno de ellos se impone a todos los
demás. Entonces, por un tiempo, el campo se estabiliza. El hombre fuerte se
sienta en la cima. Y desde allí, mira hacia abajo.
La historia del Partido Colorado desde 1947 es la historia
de esta lucha intestina por la hegemonía. Los hombres fuertes se suceden.
Algunos duran años. Otros, apenas meses. Pero todos comparten una misma lógica:
el poder no se comparte. Se posee. No se delega. Se ejerce. No se negocia. Se
impone. Al menos, esa es la aspiración. La realidad, como veremos, es más
turbia y menos épica. Porque el hombre fuerte, por más que lo intente, nunca
logra controlarlo todo. Siempre hay una fisura. Siempre hay un notable que dice
no. Siempre hay un límite que la fuerza bruta no puede traspasar.
La trayectoria de esta quimera comienza, para nuestra
historia, en 1947. El Partido Colorado gana la guerra civil y se convierte en
el único partido. El historiador paraguayo Alfredo Boccia Romañach ha
documentado este período fundacional con precisión quirúrgica, mostrando cómo
la victoria militar se tradujo inmediatamente en un monopolio político que no
admitía fisuras (Boccia Romañach, 1985). También Ricardo Scavone Yegros, en su
análisis sobre la construcción del poder colorado, señala que la guerra civil
de 1947 no fue solo un conflicto militar sino el parteaguas que definió la
estructura de dominación del siglo XX paraguayo (Scavone Yegros, 2011). Pero la
victoria no resuelve el problema de la sucesión. ¿Quién manda? Durante siete
años, nadie logra imponerse del todo. Los hombres fuertes de esa época —Rolón,
González, Chávez— tienen poder, pero no todo el poder. Las Fuerzas Armadas, en
particular, son un poder autónomo. Y allí, en las sombras del cuartel, crece
otro hombre fuerte que aún no es presidente. Se llama Alfredo Stroessner.
Stroessner es el arquetipo del hombre fuerte consumado. No
pide permiso para tomar el poder. Lo toma. En mayo de 1954, da un golpe. No es
un golpe contra el Partido Colorado, porque él mismo es colorado. Es un golpe
dentro del partido, contra los que no aceptaban su liderazgo. Carlos R. Fernández
(2020), en su estudio Stroessner: la construcción del poder absoluto, analiza
cómo el golpe de 1954 representa el momento de cristalización de una lógica que
venía gestándose desde la victoria de 1947: la eliminación sistemática de todo
contrapeso interno. Milda Rivarola, en El stronismo: una historia de impunidad
y violencia, sostiene que el régimen de Stroessner institucionalizó la
confusión entre partido y Estado, transformando al Partido Colorado en una mera
extensión de la voluntad dictatorial (Rivarola, 2005). El golpe es la expresión
pura de su método: actuar primero, legalizar después. Durante un interinato, un
títere ocupa formalmente la presidencia. Pero todos saben quién manda. En
agosto, Stroessner asume como presidente. Las elecciones han sido un mero
trámite. No había oponentes. No había dudas. El hombre fuerte ha llegado
(Lewis, 1980).
Una vez en la cima, Stroessner no se detiene. No comparte.
En 1956, destituye a Epifanio Méndez Fleitas, el caudillo colorado que lo había
apoyado en el golpe pero que comenzaba a tener aspiraciones propias (Neri
Farina, 2019). En 1959, disuelve el Congreso y detiene a los congresistas
disidentes. Todos eran colorados. No importa. La lealtad al hombre fuerte es
incondicional, o no es lealtad. El partido entero se pliega a su voluntad. No
porque tenga una "esencia autoritaria", sino porque los notables que
lo componen calculan que resistir cuesta más que obedecer. Y obedecen. Bernardo
Neri Farina, en su obra El último dictador, documenta con detalle estos
episodios de purga interna y disolución del Congreso, mostrando cómo Stroessner
eliminó metódicamente cualquier atisbo de disidencia dentro del propio partido
(Neri Farina, 2019).
En 1967, Stroessner necesita una Constitución que lo
habilite a seguir siendo reelegido. La Constitución de 1940 se lo impedía.
Entonces convoca a una Asamblea Constituyente controlada, y los constituyentes
colorados —hombres fuertes menores, notables de segunda línea— le dan lo que
pide. La nueva Constitución es un traje a medida. No es un límite al poder. Es
una herramienta del poder. El hombre fuerte se viste de legalidad sin dejar de
ser lo que es. Luis María Benítez Riera, constitucionalista paraguayo, ha
analizado en profundidad este proceso, señalando que la Constitución de 1967
fue "la primera gran operación de ingeniería normativa del stronismo para
perpetuarse en el poder" (Benítez Riera, 2021, p. 89).
Durante treinta y cinco años, Stroessner gobierna sin
contrapesos reales. Pero ni siquiera el hombre más fuerte es eterno. En 1989,
una facción del propio partido lo derroca. El general Andrés Rodríguez, otro
hombre fuerte, otro colorado, toma el poder. No es un cambio de régimen. Es un
recambio en la cúpula. El partido sigue siendo el mismo. Los notables, los
mismos. La lógica del poder, la misma. Herib Caballero Campos ha estudiado la
transición de 1989 como un caso paradigmático de "ruptura sin solución de
continuidad", donde el partido hegemónico logró renovar su liderazgo sin
alterar sus estructuras de dominación (Caballero Campos, 2005).
En 2008, por primera y única vez, el Partido Colorado pierde
el gobierno. Fernando Lugo, un obispo progresista, gana las elecciones (Soto,
2010). Durante cinco años, el hombre fuerte parece estar ausente. Pero el
partido no desaparece. Se reorganiza. Espera. Y en 2013, emerge un nuevo hombre
fuerte, otro empresario, otro colorado. Se llama Horacio Cartes. Line Bareiro y
Clyde Soto (2015) han analizado el fenómeno Cartes como una reconfiguración de
la tradicional "maquinaria política" colorada, donde el poder
económico del líder se combina con la estructura clientelar del partido para
producir un nivel de control interno sin precedentes. Milda Rivarola (2015) sostiene
que Cartes representa "el retorno del caudillo", una figura que el
Paraguay creía haber dejado atrás con la caída de Stroessner pero que resurgió
con nueva vestidura empresarial.
Esteban Caballero Carrizosa (2018), en su análisis para el
Centro de Análisis y Difusión de la Economía Paraguaya (CADEP), ha estudiado la
evolución del Partido Colorado hacia una lógica marcadamente transaccional,
donde las decisiones políticas se basan más en el intercambio de favores,
lealtades y recursos que en el diseño de políticas públicas eficaces. Este
análisis, retomado por el CADEP en sus informes de 2025, advierte que el modelo
clientelista, aunque eficaz para mantener cohesión interna, es incompatible con
una gestión pública eficiente (Centro de Análisis y Difusión de la Economía
Paraguaya, 2025). Bareiro, ha señalado en múltiples trabajos que el
clientelismo es el "pegamento" que mantiene unida a la ANR, pero
también su principal fuente de fragilidad a largo plazo (Bareiro, 2014).
Ignacio González Bozzolasco ha analizado las dinámicas facciosas dentro del
Partido Colorado, mostrando cómo las disputas internas entre cartistas y
disidentes reflejan una tensión irresoluble entre el control hegemónico y la
necesidad de renovación de liderazgos (González Bozzolasco, 2020).
El Precedente: Nicanor Duarte Frutos y el ensayo de una estrategia
Antes de Cartes, hubo otro hombre fuerte que intentó la
misma jugada. Se llamó Nicanor Duarte Frutos, y su fracaso allanó el camino
para que otro, años después, ensayara los mismos movimientos con idéntico
resultado.
Duarte Frutos fue presidente del Paraguay entre 2003 y 2008.
Al final de su mandato, se enfrentó a la pregunta hamletiana por excelencia:
¿ser o no ser? ¿Ser senador vitalicio sin voz ni voto, condenado a la
irrelevancia institucional? ¿O no serlo, negar su propia condición para
reinventarse como senador activo? La Constitución le ofrecía una respuesta
clara: sería senador vitalicio, y punto. Pero el hombre fuerte no acepta
respuestas que no haya dado él mismo. Así que se embarcó en una travesía que lo
llevaría por los tres niveles de nuestra indagación.
El primer intento de Duarte Frutos fue la reelección vía
enmienda constitucional, impulsada en 2006 cuando pretendió presidir la Junta
de Gobierno de la ANR sin dejar la Presidencia de la República. Aquella
decisión fue judicializada por el entonces diputado Edmundo Rolón Osnaghi,
argumentando la incompatibilidad de funciones. Aunque la Justicia habilitó su
candidatura, la presión política lo obligó a retroceder parcialmente,
solicitando un permiso indefinido. Aquí operaba como Maquiavelo: el cálculo
estratégico, la manipulación de las reglas, la búsqueda de la eficacia por
encima de la legalidad. La maniobra no prosperó del todo. Las resistencias
internas y externas fueron demasiado grandes. Pero el hombre fuerte no se
rindió. Simplemente cambió de tablero.
A principios de 2008, mientras aún ejercía la presidencia,
Duarte Frutos se inscribió como candidato a senador activo en las elecciones
generales de abril. El argumento jurídico era audaz: la Constitución no prohíbe
explícitamente que un presidente en ejercicio sea candidato. La Corte Suprema,
en un fallo que crearía escuela, lo habilitó. El 20 de abril de 2008, Duarte
Frutos fue electo senador con 509.907 votos, el 27,23% de los sufragios. El
Tribunal Superior de Justicia Electoral lo proclamó. El hombre fuerte tenía un
pie dentro del Senado.
Pero había un problema de base: la duplicidad de funciones.
El artículo 237 de la Constitución es claro: el Presidente de la República no
puede ejercer otro cargo público mientras dure su mandato. Duarte Frutos seguía
siendo presidente hasta el 15 de agosto de 2008. Y el Senado debía instalarse
el 1 de julio de ese mismo año. Había cuarenta y cinco días de superposición
inevitable.
La solución que ensayó Duarte Frutos fue la misma que
intentaría Cartes una década después: renunciar a la presidencia antes de
tiempo. El 23 de junio de 2008, Duarte Frutos presentó su renuncia al Congreso
(Seitz, 2008). Su plan era que el vicepresidente, Francisco Oviedo, asumiera el
mando hasta el 15 de agosto, liberándolo para jurar como senador activo el 1 de
julio. La jugada estaba calcada: renunciar para no caer en duplicidad, consumar
el juramento, y seguir en la política activa desde el Senado. Era el
maquiavelismo en estado puro: el fin justifica los medios, y el fin era la
permanencia.
Pero el Congreso —ese cuerpo que el hombre fuerte no
controlaba del todo— se negó a tratar su renuncia. La oposición, encabezada por
la Alianza Patriótica para el Cambio y el Partido Patria Querida, boicoteó la
sesión. Argumentaban que la candidatura de Duarte Frutos era inconstitucional y
que renunciar a la presidencia para evitar la duplicidad era una maniobra
fraudulenta. Sin quórum, no hubo votación. La renuncia no fue aceptada. El
primer movimiento falló. La pregunta hamletiana seguía sin respuesta: ¿podía
ser o no ser?
Duarte Frutos cumplió su mandato hasta el 15 de agosto. Al
día siguiente, ya como expresidente, se presentó en el Senado para reclamar su
banca. Pero el presidente del Congreso, el liberal Miguel Abdón Saguier, se
negó a convocarlo. En su lugar, convocó al suplente, Jorge Antonio Céspedes,
quien juró como senador activo en su reemplazo (Última Hora, 2008). El
argumento de Saguier era técnico: Duarte Frutos no podía jurar el 1 de julio
porque era presidente; después del 15 de agosto, ya era senador vitalicio, no
activo. La oportunidad se había perdido. El ser se había impuesto al no ser. La
piedra, por esta vez, seguía siendo piedra (El Nacional, 2026).
El ex presidente no aceptó la derrota. Recurrió a la Corte
Suprema. Y en septiembre de 2010 —dos años después de los hechos— la Sala
Constitucional le dio la razón. La Corte anuló las resoluciones del Senado que
habían convocado a Céspedes y declaró que Duarte Frutos tenía derecho a ocupar
su banca como senador activo (Duarte Frutos, 2008). El fallo llegó tarde. La
Legislatura ya estaba en marcha. El presidente Fernando Lugo ya había
construido sus mayorías. Duarte Frutos recuperó formalmente su escaño, pero el
daño político ya estaba hecho.
Sin embargo, el precedente judicial estaba sembrado: la
Corte había reconocido el derecho de un expresidente a ser senador activo, y
había establecido que la incompatibilidad era temporal, no absoluta. Era la
jurisprudencia que Horacio Cartes aprovecharía años después. El voluntarismo
nietzscheano —la voluntad de poder que se impone por encima de las normas—
había encontrado un aliado inesperado: la letra de un fallo judicial. La verdad
ya no era lo que la Constitución decía, sino lo que la Corte decidía que decía.
El poder había producido su propia verdad.
El final de esta historia fue una jugada desesperada: el 26
de agosto de 2008, el presidente del Senado, Enrique González Quintana, tomó
juramento a Duarte Frutos sin quórum, en un acto paralelo mientras la oposición
realizaba su propia sesión (Notimérica, 2008). La crisis institucional fue
mayúscula. El gobierno entrante de Lugo temió por la gobernabilidad. Pero no
hubo muertos. No hubo incendios. La resistencia fue política, no sangrienta.
Duarte Frutos, en el fondo, seguía siendo un Hamlet: dudaba, calculaba, pero no
traspasaba el umbral de la violencia.
La ambición desmedida: El proyecto de la reelección
Cartes llegó a la presidencia en 2013 con una ventaja que
sus antecesores no tuvieron: controlaba el partido desde antes de gobernar. No
heredó la estructura partidaria. La construyó a su imagen y semejanza. Durante
su mandato, tejió una red de lealtades que atravesó los tres poderes del
Estado. Los jueces de la Corte Suprema fueron designados con su influencia. Los
senadores y diputados colorados le debían favores. El partido, esa organización
centenaria, se convirtió en su instrumento personal.
Pero no le bastaba con un solo mandato. Quería más. Quería
la reelección. Aquí la pregunta hamletiana se reformulaba: ¿ser presidente por
un período más, o no serlo y condenarse a la irrelevancia? La respuesta de
Cartes fue inequívocamente nietzscheana: la voluntad de poder no admite
límites. Si la Constitución se interponía, había que cambiarla.
Duarte Frutos lo había intentado antes y había fracasado.
Cartes, que había aprendido de la experiencia de su antecesor, creyó que podría
lograrlo donde el otro no pudo. La Constitución de 1992, paraguaya hasta la
médula, había sido escrita para conjurar el fantasma de la dictadura. Su
artículo 229 era un muro: el presidente durará cinco años en sus funciones y no
podrá ser reelegido en ningún caso. No había ambigüedad. No había resquicio.
Era la cláusula pétrea que separaba la democracia recuperada del stronismo que
la había destrozado.
Cartes y su movimiento, Honor Colorado, decidieron que ese
muro debía caer. No mediante una reforma total de la Constitución —el camino
largo, complejo y sujeto a control popular— sino mediante una enmienda. El
artículo 290 de la Constitución permitía modificaciones puntuales sin necesidad
de una Convención Constituyente, siempre que fueran aprobadas por dos tercios
del Congreso y refrendadas en referéndum. El plan era sencillo: cambiar el
artículo 229, habilitar la reelección, y que Cartes pudiera presentarse
nuevamente en 2018. De paso, la enmienda también beneficiaría a Fernando Lugo,
el ex obispo y expresidente de izquierda, quien veía en la reelección la
oportunidad de un retorno. Una alianza insólita: el empresario tabacalero y el
ex obispo, unidos por la misma ambición. Era la quintaesencia del maquiavelismo:
el enemigo de hoy es el aliado de mañana, si la conveniencia así lo dicta.
El 31 de marzo de 2017 fue el día elegido para consumar la
maniobra. La Cámara de Senadores estaba presidida por el liberal Roberto
Acevedo, un opositor a la reelección. Para sortear su autoridad, 25 senadores
afines al oficialismo —colorados, luguistas y algunos liberales disidentes— se
reunieron en una oficina del Frente Guasu, a puerta cerrada, y aprobaron el
proyecto de enmienda en una sesión paralela. Fue un acto de ingeniería
parlamentaria extrema: cambiaron el reglamento interno de la Cámara para vaciar
de poder a la mesa directiva y luego aprobaron la enmienda en un cuarto,
mientras el resto de los senadores ocupaba el hemiciclo. La forma se respetaba;
el fondo, se violaba. Era la política como teatro, la legalidad como máscara.
La noticia se filtró. Y Asunción ardió.
Esa tarde, miles de personas rodearon el Congreso Nacional.
La consigna era clara: "Dictadura nunca más". Era el grito de una
sociedad que recordaba los 35 años de stronismo y no estaba dispuesta a
permitir que la historia se repitiera. La policía reprimió con gases
lacrimógenos y balines de goma. Los heridos fueron decenas. Entre ellos, el
diputado liberal Edgar Acosta, quien recibió un disparo en la boca que le
destrozó el rostro y requirió múltiples cirugías reconstructivas. Los
manifestantes, enfurecidos, rompieron las vallas, ingresaron al edificio y le
prendieron fuego. Las llamas devoraron parte del Senado. Era la imagen más
violenta que el Paraguay democrático había producido desde el Marzo Paraguayo
de 1999.
Pero la noche no había terminado. Pasada la medianoche,
efectivos de la Policía Nacional irrumpieron en la sede del Partido Liberal
Radical Auténtico (PLRA), el principal partido de la oposición. Los jóvenes que
se refugiaban allí fueron golpeados. Y en medio del operativo, el suboficial
Gustavo Florentín disparó a quemarropa y mató a Rodrigo Quintana, un joven
dirigente liberal de 25 años.
La Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay (Codehupy)
ha documentado la impunidad que rodeó el caso y la posterior criminalización de
quienes exigían justicia (Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay, 2023).
Ocho años después, en abril de 2025, un tribunal sentenció a Gustavo Florentín
a 24 años de cárcel por homicidio doloso (Infobae/EFE, 2025). La Cámara de
Apelaciones ratificó el fallo, aunque el caso estuvo plagado de chicanas
procesales (Última Hora, 2024). La muerte de Rodrigo Quintana se inscribe,
según Codehupy, "dentro de un atropello generalizado a las instituciones
democráticas y una criminalización muy extendida de la protesta social" (Coordinadora
de Derechos Humanos del Paraguay, 2019).
Aquí la voluntad de poder nietzscheana mostró su rostro más
brutal. No se trata ya de interpretar la Constitución de un modo favorable, ni
de calcular estratégicamente los movimientos parlamentarios. Se trata de
imponer la voluntad por la fuerza, de aplastar al que se interpone. El hombre fuerte, cuando la duda
hamletiana se disuelve y el cálculo maquiavélico no alcanza, recurre a la
violencia. Es su último recurso, pero también su naturaleza más auténtica.
Ante la magnitud de la crisis, el presidente de la Cámara de
Diputados, Hugo Velázquez, suspendió la sesión que debía ratificar la enmienda
al día siguiente. El gobierno destituyó al ministro del Interior y al jefe de
la Policía Nacional, como ofrendas expiatorias. Pero la sangre ya estaba
derramada. La comunidad internacional reaccionó con horror: la CIDH habló de
"presunta ejecución extrajudicial" y la ONU expresó su preocupación
por los actos de tortura contra los detenidos.
El proyecto de reelección murió aquella noche. Meses
después, el Congreso lo rechazó formalmente. Se había intentado
torcer la Constitución y había fracasado. Pero el costo fue altísimo: un
muerto, decenas de heridos, la sede del Parlamento incendiada, y la democracia
paraguaya profundamente herida. La pregunta hamletiana —"ser o no
ser" reelegido— había recibido una respuesta maquiavélica teñida de sangre
nietzscheana.
La segunda jugada: El asalto al senado (El espejo de Duarte
Frutos)
La reelección había fracasado, pero Cartes no se rindió. Si
no podía seguir siendo presidente, quería ser otra cosa. Quería ser senador
activo. Y de nuevo, la Constitución se lo impedía. El artículo 189 —aquel que
convierte a los ex presidentes en senadores vitalicios pero sin voto ni
capacidad de integrar el quórum— era su nueva muralla. Otra vez la pregunta
hamletiana: ¿ser senador vitalicio sin poder, o no serlo para reinventarse como
senador activo? (El Nacional, 2026).
Cartes había observado con atención la fallida jugada de
Duarte Frutos. Había visto cómo su antecesor había intentado renunciar a la
presidencia para jurar como senador, y cómo el Congreso se lo había impedido
mediante el boicot y la falta de quórum. Ahora, una década después, Cartes
controlaba el partido como Duarte Frutos nunca lo había hecho. Tenía la Corte
de su lado. Tenía el TSJE de su lado. Tenía la mayoría en el Congreso. ¿Qué
podía salir mal?
El 11 de abril de 2018, la Corte Suprema declaró
constitucional su candidatura a senador. El argumento era el mismo que había
beneficiado a Duarte Frutos una década antes: la incompatibilidad entre la
presidencia y la senaduría era temporal, no absoluta. Era la voluntad de poder
haciéndose ley: la Corte no interpretaba la Constitución; la doblegaba a la
voluntad del hombre fuerte. El TSJE lo proclamó senador electo. El 22 de abril,
Cartes fue el senador más votado del país, con más de 766.000 sufragios.
El 28 de mayo de 2018, a dos meses de terminar su mandato,
Cartes presentó su renuncia a la presidencia. La maniobra era idéntica a la de
Duarte Frutos en 2008: renunciar antes del 1 de julio para no caer en
duplicidad de funciones, permitiendo que su vicepresidenta, Alicia Pucheta,
asumiera el mando hasta el 15 de agosto, mientras él juraba como senador
activo. Todo estaba calculado con precisión maquiavélica. Todo, menos la
resistencia.
El miércoles 30 de mayo, el Congreso debía tratar su
renuncia. Pero la oposición —el Partido Liberal, el Frente Guasu de Fernando
Lugo— se ausentó. Y lo que era peor: dentro de su propio partido, la facción
"Colorado Añetete" liderada por Mario Abdo Benítez, el presidente
electo, también se negó a dar quórum. Sólo 13 de 45 senadores se presentaron.
La renuncia de Cartes no fue tratada. El presidente electo, que asumiría el 15
de agosto, no quería un Cartes omnipresente en el Senado condicionando su
gobierno. La unidad colorada, ese mito fundacional del partido hegemónico, se
quebraba en el momento crucial.
Aquí se reveló la falacia del voluntarismo nietzscheano
aplicado a la política. Cartes había supuesto que su voluntad de poder era
omnívora, que podía doblegar todo a su paso. Pero se encontró con que la
voluntad de otros notables —Mario Abdo Benítez, los senadores liberales,
Fernando Lugo— era más fuerte, o al menos, estaba mejor posicionada. La
voluntad de poder no es un atributo individual. Es un campo de fuerzas donde
chocan múltiples voluntades. Y en ese campo, Cartes, por más poderoso que
fuera, no pudo imponerse.
El 26 de junio de 2018, Cartes retiró su renuncia. En su
cuenta de Twitter, escribió: "Veo con gran pena que algunos legisladores
no desean que se cumpla la voluntad popular del 22 de abril, por lo que retiro
mi renuncia al cargo de Presidente de la República. Lamento que entre colorados
no pudimos llegar con una bancada unida al próximo periodo". La confesión
era brutal: el hombre fuerte había supuesto que el partido era una extensión de
su voluntad. La realidad le demostró lo contrario. La pregunta hamletiana —¿puedo
ser senador activo?— recibió una respuesta que no esperaba: no, no puedes. Y la
respuesta no vino de la Constitución, sino de la política.
El 1 de julio de 2018, Fernando Lugo —presidente del
Congreso y enemigo histórico de Cartes— no convocó al presidente saliente a
jurar. En su lugar, convocó al suplente. La jugada de Cartes se había
desmoronado. Como Duarte Frutos antes que él, había ganado las elecciones,
había obtenido el respaldo de la Corte, pero había perdido en el terreno de la
política real: la votación en el Senado. La lección era la misma para ambos: el
Congreso, ese cuerpo rebelde, seguía siendo el dueño de la llave del juramento.
Sin sus votos, la proclamación electoral y el fallo judicial eran papel mojado.
Años después, en 2022, el abogado de Cartes desistió
formalmente de las acciones judiciales para reclamar la banca. El archivo se
cerró. La piedra, otra vez, siguió siendo piedra (El Nacional, 2026). El hombre
fuerte, por segunda vez, admitió tácitamente la derrota.
La sangre y el fuego: El precio de la ambición
Hay una diferencia crucial entre los dos intentos, que
ilumina la naturaleza del hombre fuerte y su evolución entre 2008 y 2018. Es la
diferencia entre Hamlet y Maquiavelo, entre la duda y el cálculo, entre la
angustia existencial y la fría estrategia. Y también es la diferencia entre
Maquiavelo y Nietzsche, entre el cálculo y la imposición violenta.
En 2008, Duarte Frutos intentó forzar su juramento como
senador activo sin la anuencia del Congreso. La crisis institucional fue
mayúscula. El gobierno entrante de Fernando Lugo temió por la gobernabilidad.
Pero no hubo muertos. No hubo incendios. No hubo allanamientos violentos
(Notimérica, 2008). La resistencia fue política, no sangrienta. Duarte Frutos,
en el fondo, seguía siendo un Hamlet: dudaba, calculaba, pero no traspasaba el
umbral de la violencia.
En 2017, cuando Cartes intentó la reelección vía enmienda,
la respuesta del poder fue radicalmente distinta. La noche del 31 de marzo, el
aparato represivo del Estado se desplegó con toda su fuerza. El resultado fue
un joven muerto y el Congreso en llamas. Aquí ya no había Hamlet. Tampoco era
solo Maquiavelo. Era Nietzsche en su versión más cruda: la voluntad de poder
que no acepta límites, que está dispuesta a aplastar todo lo que se interponga,
que convierte la política en una guerra sin cuartel.
La diferencia entre 2008 y 2017 no es solo de contexto. Es
de naturaleza del hombre fuerte. Duarte Frutos, a pesar de sus intentos, seguía
siendo un producto de la transición democrática, con ciertos escrúpulos, con
ciertos límites internos. Cartes es otra cosa: un empresario con poder
omnívoro, acostumbrado a que nada ni nadie se le interponga en el mundo de los
negocios, y que trasladó esa lógica a la política. Bareiro y Soto (2015) han
señalado que esta diferencia marca una mutación en la naturaleza del liderazgo
colorado: del caudillo político al empresario que trata al Estado como una
empresa más. Cuando la política no le dio lo que quería, recurrió a la fuerza.
Cuando la fuerza le falló, recurrió a la manipulación judicial. Y cuando la
manipulación judicial no fue suficiente, se retiró y esperó.
La pregunta que atraviesa toda nuestra indagación —¿puede el
hombre fuerte doblegar la Constitución a su voluntad?— tiene, pues, una
respuesta trágica. En el plano de la necesidad formal, la respuesta es no: la
Constitución dice lo que dice, y la lógica muestra que el expresidente no puede
ser senador activo. En el plano de la política real, la respuesta es más
compleja: a veces puede, a veces no. Duarte Frutos no pudo. Cartes, a pesar de
todo su poder, tampoco pudo. Pero en el intento, se llegó a los extremos. Esa es la
diferencia que ilumina la evolución del hombre fuerte en el Partido Colorado:
de la duda hamletiana a la acción maquiavélica, y de la acción maquiavélica a
la violencia nietzscheana. La quimera se ha vuelto más peligrosa con el tiempo,
no menos.
Las vías muertas y la persistencia de la quimera
¿Qué queda después de dos intentos fallidos? Duarte Frutos
nunca fue senador activo. Su fallo favorable de la Corte llegó tarde y no logró
revertir la realidad política. Terminó siendo un senador vitalicio sin voto,
como la Constitución siempre había dispuesto. Su intento de burlar el artículo
189 fracasó en todos los frentes. La piedra siguió siendo piedra. La pregunta
hamletiana —"ser o no ser" senador activo— recibió una respuesta
negativa, y el fantasma de la duda se disipó en el fracaso.
Cartes, a pesar de controlar el partido, la Corte y el TSJE,
no pudo vencer la última barrera: la votación en el Senado. La facción
"Colorado Añetete" de Mario Abdo Benítez, los liberales y el Frente
Guasu coincidieron en negarle el quórum. El hombre fuerte más poderoso desde
Stroessner tuvo que retirar su renuncia y admitir la derrota. En 2022, su
abogado desistió formalmente de las acciones judiciales para reclamar la banca.
El archivo se cerró. La piedra, otra vez, siguió siendo piedra (El Nacional,
2026).
Pero la quimera no muere. Sigue ahí, acechando. En 2025, el
proyecto de ley para reinterpretar el artículo 189 sigue durmiendo en las
comisiones del Senado (El Nacional, 2026). Los notables colorados calculan
costos y beneficios. Algunos quieren aprobarlo. Otros, no. El hombre fuerte
presiona, negocia, ofrece, amenaza. Pero los números no le dan. El partido no
es una máquina perfecta. Es un campo de fuerzas con fisuras. Mientras las
fisuras existan, la consumación no se completa.
La lección final es la siguiente: el hombre fuerte no es un
dictador omnívoro que todo lo puede. Es un estratega que calcula costos, que
mide resistencias, que a veces gana y a veces pierde. Stroessner pudo porque
tuvo 35 años, porque eliminó físicamente a sus oponentes, porque controló las
FFAA sin fisuras. Cartes no tiene 35 años. Tiene una democracia —frágil, pero
democracia— que impone costos a la represión abierta. Tiene una oposición que,
aunque débil, aún puede bloquear. Tiene, sobre todo, un partido que ya no es el
de 1954. Los notables colorados de hoy son más autónomos, más calculadores,
menos leales (Centro de Análisis y Difusión de la Economía Paraguaya, 2025).
Siguen a Cartes mientras les conviene. Cuando deja de convenirles, lo
abandonan. Como abandonaron a Stroessner en 1989. Como estuvieron a punto de
abandonar a Cartes en 2018 si intentaba forzar la jura por decreto.
Por eso, el hombre fuerte del Partido Colorado es una
quimera. No porque no exista —existe, y es poderoso—, sino porque su poder
tiene límites que él mismo no puede traspasar. La fuerza bruta de la discreción
choca una y otra vez contra la fuerza de la necesidad formal, y en ese choque,
ni una ni otra vencen del todo. La Constitución no se pliega a la voluntad del
poderoso, pero el poderoso no se pliega a la Constitución. La tensión persiste.
Y mientras persiste, la política sigue siendo ese campo de batalla donde se
dirimen, las preguntas fundamentales: ¿quién manda?
¿hasta dónde? ¿a costa de qué?
Epílogo: El Ser o No Ser del derecho frente al Poder
El intelectual paraguayo Augusto Roa Bastos, en su
monumental obra Yo el Supremo, ya había anticipado esta lógica: el poder
absoluto que se funda a sí mismo, que crea su propia legalidad, que no reconoce
más límite que su propia voluntad (Roa Bastos, 1974). La novela de Roa Bastos
es, en el fondo, una radiografía anticipada del hombre fuerte paraguayo. El
crítico literario Helio Vera (1985) profundizó esta lectura, mostrando cómo la
figura del dictador en la literatura paraguaya refleja una estructura de poder
que trasciende a los individuos y se instala en el imaginario colectivo.
El sociólogo Tomás Palau ha estudiado las continuidades
estructurales entre el stronismo y el cartismo, señalando que "el cambio
de época no implicó un cambio en las lógicas profundas de acumulación de
poder" (Palau, 2022, p. 145). Luis Rojas (2019), en El asedio a la
democracia, analiza cómo las élites coloradas han desarrollado una
"cultura política" basada en la impunidad y la captura institucional.
Ciento ochenta mil caracteres no alcanzarían para describir
todas las metamorfosis del hombre fuerte en el Partido Colorado. Hay tantas
como hombres fuertes hubo. El rasgo común, sin embargo, se mantiene a lo largo
de las décadas: ninguno de ellos acepta que haya algo por encima de su
voluntad. La Constitución es un obstáculo a sortear, no un límite a respetar.
El derecho es un instrumento, no un marco. La oposición es un enemigo, no un
interlocutor. Y cuando las instituciones no ceden, la violencia es la
respuesta.
Esta es la conclusión que nos golpea en la cara, como un
puñetazo que viene de lejos. Comenzamos con Hamlet, con la pregunta por el ser:
¿puede el expresidente ser senador activo? ¿Puede la piedra convertirse en
agua? La lógica nos mostró que no. La necesidad formal es implacable: una cosa
no puede ser y no ser al mismo tiempo. El senador vitalicio no vota, no integra
el quórum. Si vota, no es senador vitalicio. La contradicción es clara.
Pero luego llegó Maquiavelo, con su sonrisa cínica, para
recordarnos que la lógica no gobierna el mundo. Lo gobierna la eficacia, la
fuerza, la capacidad de imponer la propia voluntad. El hombre fuerte no
pregunta "¿es lógicamente posible?" Pregunta "¿puedo
hacerlo?" Y si puede, lo hace. La consumación de los hechos, esa doctrina
maquiavélica por excelencia, nos enseñó que un acto ilegal, si se consuma y
nadie lo detiene a tiempo, se vuelve irreversible. La piedra se convierte en
agua porque el poder dice que es agua.
Y finalmente, llegó Nietzsche, con su martillo, para
mostrarnos que detrás de las normas y los hechos hay algo más profundo: la
voluntad de poder. La Constitución no es un hecho objetivo. Es una
interpretación. Y toda interpretación es un acto de voluntad. El poderoso
interpreta como quiere, y su interpretación se vuelve verdad porque tiene el
poder para imponerla. La piedra no es piedra ni el agua es agua. Todo es
voluntad. Todo es poder. Todo es interpretación.
Pero nuestra radiografía histórica del Partido Colorado
—desde 1947 hasta hoy, pasando por Stroessner, Duarte Frutos y Cartes— nos
muestra que ninguna de estas tres perspectivas es suficiente por sí sola. El
hombre fuerte no es solo Hamlet, porque duda y a veces se paraliza. No es solo
Maquiavelo, porque su estrategia a menudo fracasa. No es solo Nietzsche, porque
su voluntad de poder encuentra límites insalvables. Es las tres cosas a la vez,
y ninguna exclusivamente. Es una quimera: un ser compuesto de partes
heterogéneas que, sin embargo, funciona como una máquina de poder.
La pregunta final no es, entonces, "¿qué es el hombre
fuerte?" La pregunta es "¿hasta dónde puede llegar?" La historia
del Partido Colorado es la historia de esa pregunta, planteada una y otra vez,
respondida una y otra vez con sangre, con fuego, con fallos judiciales a
medida, con renuncias frustradas y juras imposibles. La respuesta provisional
es: puede llegar lejos, muy lejos. Puede intentar cambiar la Constitución.
Puede intentar torcer el sentido del artículo 189. Puede intentar imponer su
voluntad por la fuerza. Pero no puede todo. Siempre hay un límite. Siempre hay
un notable que dice no. Siempre hay una facción que se rebela.
Esa es la única certeza que nos queda. El hombre fuerte, esa
quimera que ha dominado la política paraguaya durante más de setenta años, no
es invencible. No es omnipotente. No es eterno. Es contingente. Es histórico.
Es humano. Y como todo lo humano, encuentra límites. La pregunta no es si los
encontrará, sino cuándo, y cómo, y quién estará ahí para aprovechar la
oportunidad. Porque después del hombre fuerte, suele venir otro hombre fuerte.
Pero también puede venir otra cosa. En eso, quizás, consiste la política: en la
impredecible posibilidad de que, algún día, la piedra deje de querer ser agua y
acepte ser piedra. O que el agua, por fin, aprenda a fluir sin romper todo lo
que toca.
Hasta entonces, nos queda el análisis. Mostrar la
contradicción. Registrar los movimientos. Señalar las fisuras. No porque eso
vaya a detener al hombre fuerte —quizás no pueda—, sino porque alguien tiene
que dejar constancia de que la piedra era piedra, aunque el poder dijera que
era agua. Alguien tiene que recordar que la sangre fue sangre, aunque el poder
pretenda que fue un accidente. Alguien tiene que decir, cuando la noche termine
y el humo se disipe, que Rodrigo Quintana no murió en vano. Que murió
defendiendo la Constitución contra quienes querían romperla para seguir
mandando.
Ese alguien, quizás, somos nosotros.
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El Ser o No Ser del expresidente: Una disquisición filosófica en tres niveles
La cuestión de si un expresidente puede convertirse en senador activo parece, a primera vista, un problema jurídico menor, una grieta en el artículo 189 de la Constitución Nacional. Pero al mirarla con atención, se revela como un abismo filosófico. El verbo "serán" que eligió el constituyente de 1992 no fue un capricho. Fue una declaración fundacional, un acto performativo que creó una realidad nueva. Y ahora, tres décadas después, el poder político intenta deshacer esa realidad sin cambiar una sola coma del texto. Nos encontramos, entonces, ante la eterna cuestión hamletiana aplicada al derecho: ser o no ser. O más precisamente: ¿se puede ser y no ser al mismo tiempo?
Nivel uno: La lógica o el principio de no contradicción
Aristóteles fue el primero en formularlo con claridad, una
cosa no puede ser y no ser al mismo tiempo y en el mismo sentido. Parece obvio,
y sin embargo, es precisamente eso lo que el cartismo pretende cuando intenta
convertir a un expresidente en senador activo.
La Constitución dice, sin rodeos, que quien haya sido
presidente electo democráticamente será senador vitalicio. No dice que podrá
serlo, ni que tiene derecho a serlo, ni que puede elegir entre serlo o no. Dice
que será. Es un mandato inexorable, un destino jurídico sellado en el momento
mismo en que el mandatario entrega la banda. No se necesita ningún acto
adicional de aceptación. No se puede rechazar el cargo porque no es un cargo
optativo, es una cualidad que adquiere el sujeto al dejar la presidencia, del
mismo modo que uno no elige ser hijo de sus padres o nacido en un territorio.
La Constitución lo convierte en lo que es.
El problema surge cuando ese mismo sujeto quiere, además,
ser senador activo. Las dos figuras son incompatibles en sus atributos
esenciales. El senador vitalicio no integra el quórum, no vota, no recibe
salario, no puede presidir la Cámara Alta. El senador activo hace exactamente
lo contrario, con su sola presencia ayuda a alcanzar el número mínimo para
sesionar, vota cada ley, cobra una dieta, y puede llegar a ser presidente del
Senado, lo que lo coloca en la línea de sucesión presidencial. Es imposible que
una misma persona realice simultáneamente ambas cosas, del mismo modo que es
imposible estar sentado y parado a la vez en la misma silla y en el mismo
instante.
La Corte Suprema, en su fallo de 2018 que habilitó la
candidatura de Horacio Cartes, intentó sortear esta contradicción mediante una
distinción artificiosa. Dijo que una cosa es ser candidato y otra muy distinta
asumir el cargo. Que la incompatibilidad, si existe, se verificaría recién en
el momento de la jura. Pero esta distinción es una falacia, un truco de
prestidigitación jurídica. Si la Constitución ya ha declarado que el
expresidente es senador vitalicio, ¿cómo puede postularse para ser otra cosa?
Sería como permitir que un hombre casado solicite su propia mano en matrimonio
porque todavía no se ha celebrado la segunda boda. La contradicción no comienza
en la jura, comienza en el momento mismo en que se presenta la candidatura.
Porque el candidato no es un ciudadano común. Es, por mandato constitucional,
senador vitalicio. Y un senador vitalicio no puede aspirar a ser lo que ya es
ni a dejar de ser lo que la Constitución manda que sea.
El principio de no contradicción es implacable. Si aceptamos
que el expresidente puede ser senador activo, tenemos que aceptar que puede y
no puede integrar el quórum, puede y no puede votar, puede y no puede cobrar
salario. El lenguaje pierde su sentido. Las palabras ya no refieren a nada. Y
con ellas, el derecho se disuelve en un absurdo.
Pero la lógica nos dice qué no se puede pensar; la ontología
debe decirnos qué tipo de ser es el que la Constitución ha creado.
Nivel dos: La ontología o el ser fijado por la Constitución
La lógica nos ha mostrado la contradicción. Pero la
ontología —el estudio del ser en cuanto ser— nos invita a ir más allá, a
preguntarnos qué tipo de realidad es esa que la Constitución crea con su verbo
performativo. Porque el artículo 189 no describe una situación natural, como
cuando decimos "el cielo es azul". Está creando algo que no existía
antes, una categoría jurídica nueva, el senador vitalicio, que sólo aparece
cuando un presidente deja el cargo.
El verbo "serán" opera aquí como una fórmula
mágica, un acto de habla que transforma la realidad. Cuando el constituyente
escribió esa palabra, no estaba informando sobre un hecho preexistente, estaba
produciendo un hecho nuevo. Del mismo modo que el juez que dice "los
declaro marido y mujer" no describe un matrimonio, lo crea, el
constituyente declaró, quienes hayan sido presidentes serán senadores
vitalicios. Y así fue. La realidad se plegó a la palabra.
Esta creación tiene tres características ontológicas que
vale la pena destacar. La primera es la necesidad, el expresidente no puede no
ser senador vitalicio. No hay una opción, no hay un camino alternativo. La
Constitución no le pregunta si acepta o rechaza, no le ofrece una renuncia
posible. Es, y punto. La segunda es la especificidad, no es cualquier tipo de
senador, sino uno con atributos muy precisos. Su ser consiste en no integrar el
quórum, no votar, no cobrar. Su voz es apenas un eco sin consecuencias. La
tercera es la perpetuidad, es vitalicio, lo que significa que su ser no se
extingue con el tiempo ni con su voluntad. Durará mientras él dure, y ni
siquiera la muerte de su ambición política puede matar su condición jurídica.
Ahora bien, el expresidente no es sólo ese ser fijado por la
Constitución. También es un ser de carne y hueso, con ambiciones, deseos,
proyectos. Quiere seguir en la política activa. Quiere votar leyes, influir en
las decisiones, presidir comisiones, quizás incluso volver a la primera
magistratura. Su devenir —el flujo de su existencia concreta— choca contra su
esencia —lo que la Constitución dice que es.
Aquí aparece la gran tensión ontológica. Platón diría que la
esencia es inmutable. El expresidente es senador vitalicio, y no hay devenir
que pueda cambiar eso. Si intenta ser senador activo, está intentando ser otra
cosa, negando su propio ser. Será una contradicción ambulante, un ser que se
niega a sí mismo, como el triángulo que quisiera ser círculo. Hegel, en cambio,
diría que el ser es devenir, que la realidad no es un conjunto de esencias
fijas sino un proceso constante de transformación. El expresidente es senador
vitalicio, pero también deviene otra cosa al presentarse a elecciones. La
contradicción se resolvería en una síntesis superior, el expresidente renuncia
a su ser vitalicio, se convierte en candidato, y finalmente asume como senador
activo. El problema es que Hegel exige un mecanismo de superación, un ritual de
muerte y resurrección del ser, que la Constitución no provee. La renuncia no
está prevista. No hay procedimiento para dejar de ser lo que la norma manda
ser.
¿Se puede renunciar a la senaduría vitalicia? La respuesta
no es obvia. Si es un cargo, como el de juez o ministro, la renuncia debería
ser posible. Pero si es una cualidad, como la nacionalidad, la renuncia no
procede sin un acto formal que el ordenamiento no contempla. Un paraguayo no
puede renunciar a ser paraguayo por su sola voluntad, necesita un procedimiento
de pérdida de nacionalidad. Del mismo modo, el expresidente no puede renunciar
a ser senador vitalicio por el simple hecho de presentar un papel. La
Constitución no lo autoriza, y lo que la Constitución no autoriza, está
prohibido.
Si la Corte y el cartismo logran su objetivo, Paraguay habrá
creado una nueva categoría ontológica que no tiene nombre en ningún tratado de
derecho comparado, el expresidente senador vitalicio activo. Un ser que es
vitalicio porque la Constitución así lo manda, pero también activo porque así
lo decidió el poder político. Un ser que integra el quórum como activo pero no
como vitalicio, que vota como activo pero no como vitalicio, que cobra como
activo pero no como vitalicio. Un ser escindido, esquizofrénico, imposible. Es
el oxímoron constitucional perfecto, el círculo cuadrado de la política
paraguaya. Y como todo oxímoron, su belleza es sólo aparente. En el fondo, es
una monstruosidad lógica que ofende a la razón y corroe los cimientos del
Estado de derecho.
Definido el ser, resta preguntarse cómo podemos conocerlo en
medio de la captura política.
Nivel tres: La epistemología o la verdad producida por el
Poder
Llegamos ahora al nivel quizás más inquietante de todos, el
epistemológico. ¿Cómo sabemos si el expresidente puede o no ser senador activo?
¿Cuál es la fuente de verdad en esta disputa? ¿Acaso hay una verdad objetiva
que podamos alcanzar, o todo se reduce a quien tiene el poder de imponer su
interpretación?
Tradicionalmente, los juristas respondían estas preguntas
señalando las fuentes del conocimiento constitucional. La primera y más
importante es el texto mismo. El artículo 189 está ahí, escrito en papel,
accesible a cualquier ciudadano que sepa leer. Dice "serán senadores
vitalicios... No integrarán el quórum. Tendrán voz, pero no voto." Ese es
un hecho. Podemos verlo con nuestros propios ojos. La segunda fuente es la voluntad
del constituyente. Tenemos las actas de la Convención de 1992, sabemos que se
rechazó explícitamente una propuesta que permitía a los expresidentes
postularse a otros cargos. La tercera fuente es la jurisprudencia, y aquí las
cosas se complican porque la Corte Suprema ha fallado en dos ocasiones —2010 y
2018— habilitando a Duarte Frutos y a Cartes a presentarse como candidatos. La
cuarta fuente es la práctica política, y sabemos que en ambos casos el Senado
les impidió jurar, de modo que el precedente es, en el mejor de los casos,
ambiguo.
Ahora bien, ¿cuál de estas fuentes prevalece? Para un
positivista ingenuo, el texto es claro y no admite interpretación. Para un
originalista, la voluntad del constituyente es vinculante. Para un realista
jurídico, lo que cuenta es lo que dicen los jueces, y los jueces han dicho que
sí es posible. Pero aquí aparece el problema epistemológico fundamental, los
jueces que dijeron que sí eran los mismos que habían sido designados por el
poder político que quería oír esa respuesta. La Corte Suprema no es un tribunal
imparcial en el cielo de las ideas, es una institución terrenal compuesta por
personas que deben su cargo al presidente de turno, y que saben que su
continuidad depende de no contrariar demasiado a quienes los nombraron.
En un sistema constitucional sano, la verdad jurídica se
produce mediante la interpretación racional del texto a la luz de los
principios. En un sistema capturado por el poder político, la verdad es lo que
el poderoso decide que sea. La Corte se convierte entonces en una productora de
verdades a medida, un taller de herrería constitucional donde se forjan los
fallos que el gobierno necesita. El principio de no contradicción se suspende
por decreto judicial. La ontología se pliega a la voluntad del amo. Y la
pregunta epistemológica —¿cómo sabemos lo que es constitucional?— se responde
con un cinismo descarnado, lo sabemos porque lo dice el poder.
Frente a este panorama, cabe una postura escéptica. ¿Podemos
realmente conocer la verdad constitucional si no hay un intérprete imparcial?
¿Acaso no estamos condenados a vivir en la incertidumbre, sabiendo que el texto
dice una cosa y el poder impone la contraria? El escepticismo es tentador, pero
tiene un costo, nos deja sin herramientas para distinguir la arbitrariedad del
derecho, la tiranía de la democracia. No todo es opinable. La Constitución no
es un poema abierto a cualquier interpretación. Es una norma, y como toda
norma, tiene un núcleo duro de significado que resiste incluso a la voluntad más
poderosa.
El escepticismo tiene razón al señalar que no hay un
intérprete imparcial, pero se equivoca al concluir que todo es interpretable. Ese
núcleo duro es lo que podemos conocer con certeza. Sabemos que el artículo 189
dice lo que dice. Sabemos que la voluntad del constituyente fue clara. Sabemos
que los fallos de la Corte fueron dictados por jueces designados por el mismo
poder que hoy quiere extender el precedente. Sabemos que si el cartismo logra
su objetivo, estará modificando la Constitución sin la reforma que exige el
artículo 290 —dos tercios del Congreso, aprobación popular en referéndum—. Eso
no es una interpretación, es un hecho. Y los hechos, a diferencia de las
opiniones, no se negocian.
Conclusión: La tragedia del Ser y la Nada
En la obra de Shakespeare, Hamlet se pregunta si vale la
pena soportar los embates de la fortuna o alzarse en armas contra un mar de
problemas. Su pregunta es existencial, angustiada, humana. En Paraguay, los
expresidentes y la Corte se preguntan algo similar pero al revés, no si ser o
no ser, sino si pueden ser dos cosas a la vez, si pueden acumular el honor sin
poder de la senaduría vitalicia y la potencia sin honor de la senaduría activa.
La pregunta es menos trágica que la de Hamlet, pero sus consecuencias son más
graves para la democracia.
La respuesta desde la lógica es no. La respuesta desde la
ontología es no. La respuesta desde la epistemología —si nos aferramos al texto
y a la razón— es no. El expresidente es senador vitalicio. No puede no serlo. Y
el senador vitalicio es, por definición, incompatible con el senador activo.
Pretender lo contrario no es una interpretación alternativa, es un suicidio
lógico y ontológico del orden constitucional. Es pedirle a la piedra que sea
agua. Puede romperse, puede erosionarse, puede ser arrastrada por el río del
poder. Pero dejará de ser piedra. Y cuando la piedra deja de ser piedra, ya no
queda nada firme sobre qué construir. Sólo queda el fango de la arbitrariedad,
el lodo del capricho, la arena movediza de la voluntad sin ley.
Esa es la tragedia que el cartismo no quiere ver, o que,
viéndola, no le importa. Porque el poder, como escribió Lord Acton, corrompe. Y
el poder absoluto corrompe absolutamente, incluso la capacidad de distinguir
entre el ser y la nada.
miércoles, 20 de mayo de 2026
El error del TSJE al aplicar la preclusión al voto electrónico
El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) sostiene que no se puede abrir el Sobre N° 4, donde están guardadas las papeletas físicas, para verificar los resultados de una mesa. Su argumento se apoya en el llamado principio de "etapas preclusas": el escrutinio ocurre una sola vez el día de la votación; una vez que las autoridades firman el acta, esa etapa se cierra para siempre y no se puede volver a abrir. Este razonamiento, sin embargo, contiene dos errores lógicos profundos que lo hacen insostenible. Veamos por qué.
Definiciones iniciales (para fijar términos)
Antes de desarrollar el argumento, conviene definir con
precisión los conceptos centrales que utilizaremos:
P = Acto judicial | Aquel que pertenece a la categoría de
los juicios, es decir, un procedimiento contradictorio entre partes enfrentadas
ante un juez.
Q = Acto de escrutinio | Aquel que pertenece a la categoría
de la verificación de la voluntad popular en una elección, sin partes
enfrentadas.
R = Aplicabilidad de la preclusión | La regla procesal según
la cual una etapa, una vez cerrada, no puede volver a abrirse.
S = Escrutinio real | Aquel en el que las autoridades
verifican materialmente cada voto (leyendo papeleta por papeleta).
U = Certificación sin verificación | Aquel en el que las
autoridades solo asientan un número proporcionado por una máquina, sin
comprobación independiente.
T = Negativa de apertura del Sobre N° 4 | La decisión del
TSJE de no permitir el acceso a las papeletas físicas para cotejo.
Lema 1 (naturaleza de la preclusión): La preclusión es una
regla creada para los actos judiciales (P), no para los actos de escrutinio (Q).
Lema 2 (condición de la preclusión): Para que la preclusión
sea aplicable, el acto en cuestión debe haberse realizado materialmente.
La preclusión pertenece al mundo de los juicios, no al del
escrutinio
La preclusión es una regla del derecho procesal. Está
pensada para los juicios, donde hay dos partes enfrentadas (un demandante y un
demandado) y un juez que debe resolver un conflicto. En ese contexto, la ley
fija plazos para que cada parte presente sus pruebas. Si una parte no presenta
una prueba dentro del plazo, pierde el derecho a hacerlo después. La etapa se
"precluye" o se cierra.
En términos lógicos podemos escribir:
- Regla general: P → R (si el acto es un juicio, entonces la
preclusión es aplicable).
- Hecho constatado: el escrutinio electoral no es un juicio,
sino un acto de verificación de voluntad popular. Es decir, ¬P ∧
Q (no es un juicio, es un escrutinio).
Implicación 1: Dado que P y Q son categorías distintas
(pertenecen a géneros diferentes de actos jurídicos), las reglas de una no
pueden trasladarse automáticamente a la otra. Esto es lo que en lógica se
denomina un error categorial: aplicar a una categoría lo que rige para otra
distinta.
Sería un error categorial querer aplicar las reglas del
ajedrez a una carrera de 100 metros lisos. Las reglas del ajedrez no funcionan
en una carrera, y las reglas de la preclusión no funcionan en el escrutinio.
Por lo tanto, la preclusión no es aplicable al escrutinio
electrónico: ¬R.
Si la preclusión no es aplicable, entonces el argumento del
TSJE que se basa exclusivamente en ella para negar la apertura del Sobre N° 4
carece de fundamento normativo. No se puede invocar una regla que, por
definición, no rige para el acto que se está juzgando.
La preclusión exige que el acto realmente se haya cumplido
Hay un segundo error, aún más grave. Para que una etapa
pueda darse por precluida, es necesario que esa etapa realmente se haya
realizado. En el caso del escrutinio, la preclusión solo podría operar si las
autoridades de mesa hubieran hecho un escrutinio real, es decir, si hubieran
verificado los votos uno por uno.
En términos lógicos:
- Condición necesaria: R → S (si la preclusión es aplicable,
entonces el escrutinio real debe haberse realizado).
- Hecho constatado (investigación documental): en el sistema
electrónico paraguayo, las autoridades de mesa no verifican los votos uno por
uno. No leen ninguna papeleta. La máquina les entrega un número impreso; ellas
copian ese número en el acta y lo firman. No hay verificación material, solo
certificación de lo que dice la máquina. Esto se expresa como: U ∧
¬S (las autoridades certificaron sin
verificar, y el escrutinio real no ocurrió).
Si ¬S (el escrutinio real no ocurrió), entonces la condición
R → S no se cumple. Esto implica que R es falso, es decir, ¬R. Simbólicamente:
¬S → ¬R.
Por esta segunda vía, también llegamos a que la preclusión
no es aplicable: ¬R.
El TSJE presupone falsamente que el escrutinio ocurrió como
debía ocurrir. Pero lo que realmente ocurrió fue otra cosa: una simple lectura
de un número en una pantalla o en un ticket impreso. No se puede cerrar una
puerta que nunca se abrió. Decir que "la etapa del escrutinio ya
pasó" cuando nunca hubo tal escrutinio en sentido material es un abuso del
lenguaje y una distorsión de la realidad procesal.
Consecuencias sobre el Sobre N° 4
Hemos demostrado por dos caminos independientes que la
preclusión no es aplicable al escrutinio electrónico paraguayo:
1. Por error categorial (P vs Q).
2. Por falta de escrutinio real (¬S).
En ambos casos, la conclusión es ¬R.
El TSJE sostiene implícitamente que: R → T (si la preclusión
es aplicable, entonces se puede negar la apertura del Sobre N° 4).
Dado que hemos demostrado ¬R, la premisa R → T no nos
permite concluir T. En términos lógicos: de una premisa falsa (R) no se sigue
la validez de la negativa (T). Por lo tanto, la decisión de negar la apertura
del Sobre N° 4 carece de justificación lógica.
Si no existe fundamento para negar la apertura, entonces,
por el principio de razonabilidad y transparencia, el Sobre N° 4 debe poder
abrirse cuando existan indicios fundados de irregularidad. La carga de la
prueba de que no debe abrirse recae sobre quien se opone a ello, no sobre quien
solicita la verificación.
La jerarquía de las fuentes probatorias
Más allá del argumento sobre la preclusión, existe un
principio lógico y jurídico elemental sobre la jerarquía de las fuentes de
información.
Definición:
- Fuente primaria: aquella que contiene directamente el acto
de voluntad (las papeletas físicas dentro del Sobre N° 4).
- Fuente secundaria: aquella que da testimonio de lo
ocurrido, pero no es el acto mismo (el acta firmada por las autoridades).
Regla de prioridad: En cualquier sistema racional de prueba,
cuando la fuente secundaria contradice a la fuente primaria o existen dudas
sobre su exactitud, prevalece la fuente primaria.
Formalización:
- Primaria → verdad directa (la papeleta es el voto).
- Secundaria → verdad derivada (el acta dice lo que las
autoridades creyeron que pasó).
Decir que "el acta mata a la papeleta" es invertir
esta jerarquía. Es como afirmar que el resumen de un libro vale más que el
libro mismo, o que la fotocopia de un documento prevalece sobre el original.
Esto es lógicamente absurdo y jurídicamente insostenible en cualquier estado de
derecho que se precie de respetar la verdad material.
Si se permite que una fuente secundaria anule a la fuente
primaria mediante un artilugio procesal (como la invocación indebida de la
preclusión), entonces se crea un sistema blindado contra la verificación. Ese
sistema ya no es un sistema de elecciones auténticas, sino un sistema de
certificaciones inapelables basadas en la confianza ciega en una máquina.
Conclusión
Por todo lo expuesto, el Tribunal Superior de Justicia
Electoral comete un error categorial al aplicar al escrutinio electoral una
regla —la preclusión— que por su propia naturaleza pertenece al ámbito de los
juicios contradictorios (P → R aplicado a Q, siendo P ≠ Q). Adicionalmente, incurre
en una presuposición falsa al dar por realizado un escrutinio real (S) cuando
la evidencia documental demuestra que las autoridades de mesa solo certificaron
un número sin verificar los votos uno por uno (U ∧ ¬S).
En consecuencia:
1. La preclusión no es aplicable al escrutinio electrónico
paraguayo (¬R por dos vías independientes).
2. La negativa a abrir el Sobre N° 4 no tiene fundamento
lógico válido (¬T, es decir, no es válido negar la apertura).
3. Las papeletas físicas contenidas en el Sobre N° 4
constituyen la fuente primaria de la verdad electoral y deben prevalecer sobre
el acta en caso de duda o controversia.
4. Cerrar el acceso a esa fuente primaria mediante la
invocación indebida de la preclusión convierte un instrumento de orden procesal
en un escudo contra la transparencia y la verificación ciudadana.
La preclusión, bien usada, da certeza. Mal usada —como en
este caso, aplicada a un acto que no es un juicio y que nunca ocurrió
materialmente— se convierte en una herramienta para blindar los resultados
contra cualquier control. La ciudadanía y los partidos políticos tienen el
derecho irrenunciable a verificar las papeletas físicas. Ninguna interpretación
procesal puede legítimamente arrebatarles ese derecho sin caer en un absurdo
lógico y en una violación de los principios fundamentales de toda democracia
auténtica.
domingo, 17 de mayo de 2026
Un estudio formal de las distorsiones estructurales en sistemas electorales de alianza































